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Decretos sobre prohibición de consumo de alcohol y drogas deben revisarse

La revisión deben hacerla las mismas autoridades que expidieron las reglamentaciones.

Decretos sobre prohibición de consumo de alcohol y drogas deben revisarse

Decretos sobre prohibición de consumo de alcohol y drogas deben revisarse(Colprensa / Archivo)

La Corte Constitucional decidió tumbar el literal c del numeral dos del artículo 33 del Código de Policía y el numeral 7 del artículo 140 también de esta norma por considerar que establecen la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas y de sustancias psicoactivas sin tratarse de una medida efectiva y razonable para garantizar la tranquilidad y el espacio público.

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Pero, ahora la pregunta que queda es qué pasará con el decreto 1844 del 1 de octubre de 2018 que permite el decomiso de la dosis mínima. Al respecto, la presidenta Gloria Stella Ortíz.

Sobre esa norma seguramente habían unos decretos que se habían expedido con posterioridad. No puedo expresarme específicamente sobre un decreto particular, pero al declararse inexequible, o sea estas expresiones son retiradas, es muy probable que quienes expidieron esos decretos deban revisar si se expidieron con base en estas normas. Si se expidieron con base en estas normas, pues ellos revisarán si el fundamento de derecho -como dice el Código Contencioso Administrativo-, se mantiene”, señaló.

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La revisión sobre el derecho del decomiso tendrá que hacerla la Presidencia de la República, o al menos así se presume porque dentro de las consideraciones del decreto se encuentra la mención del artículo 33 al que se le quitó el literal c del numeral dos , que decía que afectaba la tranquilidad cuando se consumía, “sustancias alcohólicas o psicoactivas o prohibidas no autorizadas para consumo”.

Sin embargo, son muchas más las normas que se mencionan en el decreto como sustento de esta reglamentación.

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