Corte tumbó el IVA a toallas higiénicas por ser discriminatorio
La Corte dice que a través de los tributos también se puede discriminar a las mujeres.
La Corte Constitucional con una votación de 7 - 0 tumbó el impuesto del 5 % que había sobre las toallas higiénicas y los tampones por considerar que es discriminatorio con las mujeres por ser un producto insustituible.
“Uno, está asociado al consumo exclusivamente de mujeres; dos, es un bien que involucra en este momento de la tecnología de higiene, un producto insustituible para algunos sectores de la población especialmente para quienes son más pobres; tres, es un bien que definitivamente puede afectar la dignidad para el estudio o trabajo de un sector de la población y que involucra el interese de mujeres”, explicó la magistrada ponente Gloria Stella Ortíz.
Aclaró que se tuvo en cuenta el argumento de discriminación que sostuvieron los demandantes de este impuesto, pero también la inequidad tributaria.
“La Corte llega a la conclusión que a través de los tributos se puede discriminar a las mujeres”, afirmó.
Lo que hizo la Corte fue tumbar el artículo 185 parcial del Estatuto Tributario que impuso el IVA del 5 %, y adicionó la excepción de impuesto que regula el Estatuto para las toallas higiénicas y tampones.
La magistrada Cristina Pardo no votó porque estaba impedida y la magistrada Diana Fajardo no estuvo en la discusión de la Sala Plena.