Justicia

Cáncer

Corte pide “urgentemente” cumplir con la atención a pacientes con cáncer

Un paciente con cáncer en Colombia puede tardar en promedio 9 meses para lograr el diagnóstico de la enfermedad y el respectivo tratamiento.

Corte Constitucional

Corte Constitucional(Colprensa / Archivo)

La Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz, le pidió a la Superintendencia de Salud que dinamice de “manera urgente” los protocolos para que se cumpla con la atención rápida a los pacientes con sospecha de cáncer o que ya lo padecen, dado el “preocupante” panorama que hay pese a que existe un “sólido marco normativo” que ordena la priorización en su atención.

Y es que existe la circular 04 de 2014 que deben cumplir todas las entidades de salud sin excusa. En esta se establece que cuando hay riesgo de cáncer se debe atender a los pacientes sin retrasos, que no se puede negar o dilatar la atención o asistencia médica requerida y no se puede desconocer ninguna orden que realice cualquier juez.

Para hacer el llamado, tuvo en cuenta lo señalado por el Grupo de Soluciones Inmediatas en Salud de la Superintendencia que ha advertido que las principales quejas y reclamos se dan por “las demoras en la autorización y la falta de oportunidad de atención”, cuestión que ratifica el Observatorio Interinstitucional de Cáncer para Adultos, OICA.

Este Observatorio señala además que: “un paciente con cáncer en Colombia tiene que surtir 30 trámites en promedio, que comienzan con la visita al médico general, pasan por pedir las órdenes para cada uno de los exámenes, luego las citas con especialistas, para finalmente poder obtener la autorización de su tratamiento”. Esto, dice la Corte, permite señalar que empiezan los tratamientos cuando el cáncer ya está en la tercera de sus cuatro fases, es decir seis meses después de haber consultado por primera vez a un médico.

Mientras tanto, el Instituto Nacional de Cancerología, ha afirmado que para la obtención del diagnóstico un paciente puede tardar en promedio tres meses.

Por ello, dice la Corte, son constantes las tutelas que se presentan por incumplimientos y los jueces deben catalogarlos “como un verdadero incumplimiento de sus obligaciones legales y constitucionales” y deben imponer sanciones.

La orden a EPS Comeva

La Corte estudió la atención de estos pacientes por la tutela que interpuso un adulto mayor que fue diagnosticado con cáncer de lengua al que no le practicaron la quimioterapia o radioterapia en una clínica porque no tenía convenio con EPS Comeva, y esta entidad tampoco lo remitió a otro centro médico donde sí pudieran atenderlo, por lo que se puso en riesgo su vida.

En consecuencia, además del llamado a la Superintendencia, da una orden a esta EPS: le pone un plazo de 6 meses establezca un Protocolo para la Atención de las Personas con Sospecha o Diagnóstico de Cáncer, encaminado principalmente a acatar la garantía reforzada de atención integral oportuna que cobija a este tipo de pacientes.

Esos protocolos deben tener: i) Rutas de atención de estos pacientes que garanticen la continuidad, el no fraccionamiento y la oportunidad en la prestación de servicios integrales de salud; ii) Indicadores razonables de tiempos que pueden transcurrir entre la primera consulta, el diagnóstico y la iniciación del tratamiento de estos pacientes, atendiendo a la urgencia que demanda su atención y a su grado de vulnerabilidad; iii) Mecanismos para la eliminación de barreras que afectan el inicio del tratamiento de forma oportuna (autorizaciones, demoras en la entrega de medicamentos, o programación de citas con medicina especializada).

La Defensoría y a la Superintendencia deben vigilar el cumplimiento de la orden.

La Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz, le pidió a la Superintendencia de Salud que dinamice de “manera urgente” los protocolos para que se cumpla con la atención rápida a los pacientes con sospecha de cáncer o que ya lo padecen, dado el “preocupante” panorama que hay pese a que existe un “sólido marco normativo” que ordena la priorización en su atención.

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