Justicia

Colombia se está actualizando en las realidades digitales

Expertos hablaron sobre la sentencia de intimidad y WhatsApp.

Colombia se está actualizando en las realidades digitales

Colombia se está actualizando en las realidades digitales(Colprensa/Archivo)

Colombia

La Corte Constitucional ha ido seleccionado tutelas relacionadas con los derechos a la honra, el buen nombre, el uso de fotos, videos y ahora sobre la intimidad en plataformas como WhatsApp, por lo que está en proceso la creación de una jurisprudencia que responde a las nuevas realidades.

El exministro del Interior y autor de Googlecracia, Luis Ernesto Gómez, señaló que los colombianos deben acostumbrarse a estos cambios.

"El concepto de la Corte sobre el carácter de intimidad que puede tener un grupo de WhatsApp es uno de los primeros indicios de cómo la reglamentación, las normas y la misma jurisprudencia en Colombia tiende a actualizarse rápidamente a las nuevas realidades digitales".

Señala que la Corte al establecer las condiciones que se tienen que tener en cuenta para saber si aplica el derecho de la información, compara la realidad virtual con su paralelo normal: "La información que allí se comunica puede asemejarse más a la que se divulga en un encuentro laboral o de carácter semiprivado".

De hecho, al respecto, el abogado penalista Francisco Bernate, señala que se aplica ya una regla establecida en el país, solo que al mundo digital, como en esta plataforma de mensajería instantánea.

"Una conversación es de todos sus miembros, sean dos personas que están hablando o sean cinco las personas que están interactuando en una red social la conversación les pertenece a todos ellos y salvo que se haya hecho un acuerdo expreso de reserva, cualquier de ellos es libre de darla a conocer a terceros por eso la Corte Constitucional le niega el amparo", señala.

Y en términos laborales, explica el abogado penalista Hugo Quintero y magistrado auxiliar de la Corte Suprema, también se trasladan parámetros ya decididos.

"El fallo de la Corte no debe sorprender porque se refiere a una jurisprudencia más o menos decantada a nivel nacional e internacional sobre el uso de los medios de comunicación empresariales que se les dan a los trabajadores", dijo.

"Aquí mismo en Colombia se había autorizado por parte de la Corte que los empresarios o los empleadores pudieran vigilar los correos de los trabajadores, y aquí simplemente se toma una información de WhatsApp y se dice que ese chat no tiene la expectativa razonable de intimidad que tendría uno privado o familiar. La Corte se ubica en una tendencia mundial de distinguir entre los bienes empresariales y los bienes privados". 

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