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JEP debe decidir si asume o no caso de un indígena condenado por homicidio

La Corte dice que es una "intervención menor" a la autonomía de las comunidades indígenas.

JEP debe decidir si asume o no caso de un indígena condenado por homicidio

JEP debe decidir si asume o no caso de un indígena condenado por homicidio(Twitter: @JurisdiccPaz)

Colombia

La Corte Constitucional estableció que debe ser la Jurisdicción Especial para la Paz la que defina si Jhon Jairo Mayorga Suárez, condenado por las autoridades tradicionales indígenas de San Francisco, Toribio, Tacueyó y Jambaló, puede llegar a recibir los beneficios de la justicia especial o no.

El hombre tiene una pena privativa de la libertad de 40 años por el homicidio del sabio ancestral Venancio Taquinas Dagua, pero interpuso una tutela señalando que era miembro de las FARC cuando fue condenado. Pidió, considerando que ya cumplió con 48 meses de prisión, ser trasladado a una zona veredal.

La Corte revisó y determinó que por la particularidad del caso, debe ser la JEP la que decida.

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“Constituye una intervención menor, excepcional y constitucionalmente admisible en la autonomía de la jurisdicción tradicional indígena, la cual, de todas maneras, cuenta con la oportunidad para tomar parte en dicha instancia, a través de los mecanismos de articulación y coordinación correspondientes”, se lee en la decisión con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos.

Con esta decisión la Corte no estudió a fondo la posición de los cabildos indígenas que se opusieron a la petición del hombre señalando que el crimen no tenía relación directa o indirecta con la rebelión, pero, sí determinó que deberá permanecer bajo la custodia de las autoridades tradicionales mientras las JEP toma una decisión.

Señala la corporación además, que antes de promover un conflicto de jurisdicciones, debe garantizarse el diálogo jurisdiccional intercultural que permita tener en cuenta los planteamientos de la comunidad indígena para tomar una decisión.

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