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JEP admite los casos a Ashton, Char y Martin Sierra DE’Alemán

Los dos primeros están procesados por parapolítica y el exagente del DAS por secuestro, tortura y asesinato.

JEP admite los casos a Ashton, Char y Martin Sierra DE’Alemán

JEP admite los casos a Ashton, Char y Martin Sierra DE’Alemán(Colprensa / El Heraldo)

La Sala de Apelaciones de la JEP eliminó las decisiones que en un principio habían negado la entrada de los ex congresistas Álvaro Ashton y David Char.

A los dos se les acusó en la Corte Suprema de Justicia del delito de concierto para delinquir por sus nexos con grupos paramilitares para llegar al Congreso. A Char, además del delito de fabricación, porte y tráfico de armas de uso privativos de las Fuerzas Armadas y a Ashton también de cohecho por dar y ofrecer.

Este último delito de Ashton por el Cartel de Toga, y si se llega a descubrir conexión con el conflicto (considerando que presuntamente pagó para engavetar el proceso por parapolítica) podría ser también asumido por la JEP.

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“Al aplicar un análisis de baja intensidad, que es el que correspondía en los dos casos con fundamento en el momento procesal, la Sección concluyó que las conductas presuntamente cometidas por los señores Char Navas y Ashton Giraldo sí podían entenderse cometidas por causa, con ocasión o en relación indirecta con el conflicto armado, debido a que contribuyeron al esfuerzo de guerra al favorecer los intereses políticos, ideológicos y económicos de las AUC”, señalaron.

Dice entonces que JEP que podrán acceder a la justicia transicional para ayudar a aclarar lo sucedido en el conflicto y la participación de los agentes del estado.

La condición es que presenten un compromiso claro y concreto pues el régimen de condicionalidades será mucho más estricto y que logren demostrar que sus actuaciones no han tenido una motivación únicamente económica. Eso deberán probarlo ante la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas.

"Pero con base en una condición de fondo muy importante que esa sala tiene que evaluar y es el compromiso claro, concreto, cierto, franco y abierto de los comparecientes a fin de conceder toda la verdad que ellos disponen y también con objeto de reparar a las víctimas y garantizar la no repetición", explicó el presidente de la Sala de Apelaciones de la JEP, Eduardo Cifuentes.

Y agregó: "La sala entiende que el conflicto no se reduce simplemente a una confrontación entre combatientes sino que también participan otras personas de manera o indirecta en estos casos particulares en el contexto de un conflicto prolongado, multicausal que efectivamente durante tanto tiempo ha asolado a los colombianos". 

Se le abre la puerta a los ex agentes del DAS

La JEP también admitió al exagente del DAS, Martin Sierra D’Alemán condenado a 30 años por los delitos de secuestro tortura y asesinato, Julio Edgar Galvis Quimbay, Raúl Gutiérrez Guarín, Rafael Enán Lora Mendoza, Fredy Humberto Guerrero y Aidé Malaver, personas desmovilizadas del M-19, en marzo de 1994.

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Dice la JEP “que la justicia ordinaria ha dado cuenta del involucramiento de ex agentes del DAS en crímenes contra personas desmovilizadas y pertenecientes a eventuales reductos de los grupos guerrilleros en la década de los años noventa”.

Por lo tanto, “el análisis del contexto en el que ocurrieron los hechos hace probable que las conductas cometidas por el señor Sierra DE’Aleman se haya dado en el marco de la lucha antisubversiva”.

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