Orden Público

Corte avala apoyo de particulares a la Policía Nacional

Solo podrán recibir o exigir ayuda cuando la vida de una persona esté en riesgo.

Corte avala apoyo de particulares a la Policía Nacional

Corte avala apoyo de particulares a la Policía Nacional(Colprensa/Archivo)

Colombia

La Corte Constitucional le dio vía libre al artículo 169 del Código de Policía que plantea la posibilidad de que uniformados de la Policía Nacional puedan pedir y exigir ayuda de personas particulares solo cuando la vida de una persona esté en riesgo.

La norma había sido demanda porque consideraban que se violaba la Constitución al permitir el uso de armas por parte de personas particulares, por ejemplo, para restablecer el orden público. Decían los demandantes, que los ciudadanos podrían llegar a actuar como 'parapoliciales' violando así el mandato de que el monopolio de las armas debe estar siempre en cabeza del Estado.

 Sobre la demanda, la Procuraduría había solicitado que la Corte se declarara inhibida pues los argumentos no serían suficiente, o de lo contrario, que la declarará ajustada a la Constitución, es decir, exequible.

Esto último, porque se "alude 'al apoyo urgente de particulares'. Es decir, que se refiere a una situación excepcional y limitada referida a una urgencia; y que se trata de un mero "apoyo" y no de la asunción de la responsabilidad propia de las autoridades de Policía (...) Esta precisión reafirma el verdadero sentido de la norma en el sentido de que no se debe concebir como un reemplazo o una actividad 'parapolicial' como lo arguyen los demandantes'.

La Corte acogió la segunda petición del Ministerio Público y declaró esta ayuda como ajustada al mandato Constitucional.

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