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Enrique Peñalosa

Revocatoria a Peñalosa se puede hacer, pero con audiencias previas

El alcalde de Bogotá acudió a la Corte Constitucional para que se defendiera su derecho al debido proceso.

Enrique Peñalosa.

Enrique Peñalosa.(Colprensa.)

Colombia

La Corte Constitucional falló en favor del alcalde Enrique Peñalosa quien interpuso una tutela en contra la Registraduría y el Consejo Nacional Electoral porque se aceptó la inscripción de tres iniciativas de revocatoria sin comprobar que la exposición de motivos se fundará en el incumpliendo de su plan de gobierno y porque se habría dejado de reglamentar la actividad electoral.

La Corte no le dio a la razón en este último aspecto pero, sí le recordó a la Registraduria que este proceso debe estar planteado sobre él incumpliendo del plan de gobierno, “para ello, debe estarse ante la presencia de hechos igualmente objetivos y expresos, que sustenten las causales de revocatoria y que sean debidamente conocidos tanto por los ciudadanos como por el mandatario elegido”.

Por ello se debe garantizar que tanto los miembros de los comités de revocatoria hasta el mandatario que se pretende revocar conozca todas las razones que fundamentan el proceso.

Teniendo en cuenta lo anterior, dice la Corte que “La Registraduría Nacional del Estado Civil omitió su deber constitucional de dar eficacia a los derechos de información y de defensa en el trámite de los procesos de revocatoria”.

Por ello ordena que antes de la convocatoria de las votaciones se hagan audiencias para que se corrija este error y advierte que en próximos procesos, estás audiencias deben hacerse antes de la recolección de apoyos para llevar a cabo las revocatorias.

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