Exguerrilleros que no se desvincularon siendo menores podrían ser víctimas
La Corte le pidió a Unidad de Víctimas que revise la solicitud de una mujer que ingresó desde los 17 a las FARC.
Colombia
La Corte Constitucional revisó el caso de una mujer que hizo la solicitud a la Unidad de Víctimas para que la incluyeran en el Registro Único, tras asegurar fue reclutada por las FARC cuando era menor de edad para cumplir tareas domésticas y de esclavitud sexual.
Sin embargo, se encontró con un obstáculo, la Unidad le negó su petición teniendo en cuenta el artículo 3 de la Ley de Víctimas que dice que solo pueden ingresar al registro los miembros del grupo que se hayan desvinculado del mismo sin haber cumplido los 18 años.
La mujer consideró que le violaron sus derechos fundamentales, y por ello llegó hasta la Corte afirmando que merece adquirir la condición de víctima porque fue reclutada a los 17 años y fue víctima de violencia sexual y física, además de amenazas pues le dijeron que debía acostumbrarse a esos maltratos porque no podría regresar a su casa y mucho menos escaparse porque podría ser asesinada.
Para ella, la Unidad debió considerar que actuaciones como esa eran repetitivos por parte de estos grupos y en general de los grupos armados ilegales sobre las niñas y adolescentes que fueron reclutadas forzosamente y la Corte le dio la razón.
En consecuencia, aunque no emitió una orden de que fuera incluida en el registro, ordenó que se vuelva a revisar su petición teniendo en cuenta sus declaraciones.
“La Unidad no solo tiene la facultad sino la obligación de contrastar las afirmaciones de los declarantes con las pruebas que ellos aporten y con otras fuentes de información que la entidad tiene a su disposición”, se lee.