Todo lo que debe saber para declarar renta este año
Entre el 9 de agosto y el 19 de octubre más de dos millones y medio de colombianos tendrán las fechas límite para presentar la declaración.
A partir del 9 de agosto y hasta el 19 de octubre serán los vencimientos, según los dos últimos dígitos de la cédula de ciudadanía, para que 2,6 millones de colombianos presenten su declaración de renta correspondiente al año gravable 2017.
A partir de este año entra el vigencia el nuevo sistema cedular, que clasifica los ingresos según su origen y se divide en cinco cédulas o grupos, así:
1. Rentas de trabajo: este grupo incluye salarios, prestaciones sociales, viáticos, comisiones, honorarios, gastos de representación, compensaciones recibidas por trabajo asociado cooperativo, emolumentos eclesiásticos y compensaciones por servicios personales.
2. Rentas de pensiones: incluye pensiones de jubilación, riesgos laborales, invalidez, vejez, sobrevivientes, indemnizaciones sustitutivas de pensión o devoluciones de saldos de ahorro pensional.
3. Rentas de capital: incluye intereses, arrendamientos, regalías, rendimientos financieros y explotación de la propiedad intelectual.
4. Rentas no laborales: todo ingreso que no esté en las demás cédulas, también incluye los honorarios percibidos por las personas naturales que presten servicios y que contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos, dos o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.
5. Rentas de dividendos y participaciones: incluye los ingresos provenientes de sociedades y entidades nacionales y extranjeras.
Cada grupo tiene beneficios distintos, por lo que si usted está pensionado pero sigue trabajando, debe reportar sus ingresos en ambas cedulas.
Vea también: Estos son las fechas de los vencimientos para presentar su declaración de renta:
¿QUIENES DECLARAN?
Si usted cumple por lo menos uno de estos requisitos, debe declarar:
- Es responsable del Régimen Común del Impuesto Sobre las Ventas - IVA o del Impuesto Nacional al Consumo.
- El Patrimonio bruto a 31 de diciembre de 2017 es igual o superior a $143.366.000 (4.500 UVT).
- Realizó compras y consumos totales iguales o superiores a $44.603.000 (1.400 UVT) durante el año gravable 2017.
- Realizó consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras, por valor acumulado superior a $44.603.000 (1.400 UVT) durante el año gravable 2017.
- Realizó consumos mediante tarjeta de crédito iguales o superiores $ 44.603.000 (1.400 UVT) durante el año gravable 2017.
- Obtuvo Ingresos Brutos iguales o superiores a $44.603.000 (1.400 UVT) durante el año gravable 2017.
Escuche: Directora de ingresos de la DIAN, Cecilia Rico, explica cómo declarar renta:
Según la DIAN, Toda persona natural que resida en Colombia debe declarar renta por medio del formulario 210, pero si no reside en Colombia debe hacer la declaración de renta por medio del formulario 100.
Ingrese en la página de la Dian (https://www.dian.gov.co) dónde podrá descargar un programa que le ayude a llenar el formulario para declarar renta.
Vea también: En enero de 2019 la factura electrónica será obligatoria en el país