Justicia

Consejo de Estado afectó a víctimas en un caso de falso positivo: Corte

La Corte Constitucional dijo que la Sección Tercera contradijo su propia jurisprudencia.

Consejo de Estado afectó a víctimas en un caso de falso positivo: Corte

Consejo de Estado afectó a víctimas en un caso de falso positivo: Corte(Cortesía)

Colombia

La Corte Constitucional le ordenó a la Sección Quinta del Consejo de Estado que emita una nueva decisión frente a un caso de ‘falso positivo’ por considerar que no tuvo en cuenta un principio fundamental a la hora de valorar las pruebas.

Esto señalando que la misma corporación ha admitido, que “ante las denominadas ejecuciones extrajudiciales, obtener una prueba directa del suceso es casi imposible por las confusas circunstancias en que ocurren los hechos, la vulnerabilidad de las víctimas y, principalmente, porque la prueba está en manos de la contraparte”.

Lo anterior porque frente a la petición de indemnización de las dos hijas de Olivo Peña, un hombre que perdió la vida a manos de la Compañía Coyotes del Batallón Contraguerrillas 95, pertenecientes a la Brigada Móvil 15 del Ejército Nacional, se tumbó la decisión que favorecía a las víctimas.

El Tribunal Administrativo de Norte de Santander, había condenado a la Nación al pago de 200 salarios mínimos por la muerte del hombre, pero el Consejo tumbó la decisión porque argumentó que no se logró probar que los miembros del Ejército fueron responsables.

Las hijas contaron que su padre fue retenido por los miembros de dicha Compañía y que simularon varios tiros para fingir que había muerto en medio de un combate.

Para la Corte Constitucional, los testimonios brindados por los soldados tenían incongruencias y era claro que no había muerto en combate porque las balas que acabaron con su vida fueron propinas por la espalda.

“La indebida valoración probatoria afectó los derechos fundamentales de dos mujeres víctimas del conflicto armado al negarles la reparación que reclamaron por la muerte de su padre; la negativa del Consejo de Estado afectó profundamente la confianza que las usuarias del sistema de justicia habían depositado en los jueces, quienes siendo los directores del proceso, deberían cumplir un papel activo” se lee.

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