Economía

Pilotos afirman que no cuentan con garantías ante procesos disciplinarios

El comunicado conocido este lunes la organización sindical expresó, que los cargos formulados a los pilotos corresponden a su participación activa.

Paro Pilotos de Avianca

Paro Pilotos de Avianca(Colprensa/Archivo)

Luego que Avianca iniciara este viernes procesos disciplinarios a 240 pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles, ACDAC, que participaron en la huelga que duró más de 50 días en el país, el sindicato afirma que no cuentan con las garantías, porque la misma administración es la que obrará como juez ante los aviadores.

En un comunicado conocido este lunes la organización sindical expresó, que los cargos formulados a los pilotos corresponden a su participación activa en el paro y a la no presentación a las programaciones asignadas durante el cese de actividades.

Agrega, que el mismo reglamento interno de trabajo de la aerolínea establece que en tales casos los trabajadores no están obligados a acudir al lugar del trabajo.

De acuerdo con la comunicación en el primer grupo de pilotos citados para hoy lunes 26 de febrero se encuentran el presidente de ACDAC, el capitán Jaime Hernández Sierra y el capitán Jorge Mario Medina Cadena, vicepresidente.

"Las competencias de nuestros directivos corresponden a distintas especialidades, todas las cuales le apuntan a aspectos estratégicos del sector, dentro y fuera del país, tales como: seguridad aérea y asuntos técnicos, normatividad y reglamentación, entre otros. Por supuesto, el componente laboral es clave en la gestión de la Asociación; sin embargo, el número de directivos capacitado para asistir a los socios en sus procesos disciplinarios es reducido. Tampoco contamos con el número de abogados para atender simultáneamente 13 procesos disciplinarios por jornada y 26 por día", afirmó Hernández.

El comunicado también precisa según la organización sindical que al programar, citar y adelantar los procesos disciplinarios, Avianca estaría incurriendo en Fraude a Resolución Judicial toda vez que desconoce lo establecido en el Laudo Arbitral que profirió el Tribunal de Arbitramento, el 7 de diciembre de 2017, específicamente en la Cláusula 31 y de acuerdo con la Cláusula 23 de la Convención Colectiva vigente.

El pasado 29 de enero, Acdac presentó ante la Procuraduría una solicitud de conciliación argumentando que mediante resoluciones emitidas durante el cese de actividades de los pilotos, la Ministra de Trabajo, Griselda Restrepo, prejuzgó y puso en riesgo la estabilidad laboral de todos los trabajadores colombianos frente a su derecho a la huelga.

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