Justicia

Nunca se debe sancionar un niño con la "fuerza bruta”: Corte Constiticional

En un colegio del Meta le pegaron a un niño y a otra la obligaron a comerse la hoja de un cuaderno “por no saberse las tablas”.

Nunca se debe sancionar un niño con la "fuerza bruta”: Corte Constiticional

Nunca se debe sancionar un niño con la "fuerza bruta”: Corte Constiticional(Colprensa/Archivo)

Los relatos de los menores afectados por un sacerdote y una docente de un colegio - internado ubicado en Puerto López, Meta, llevaron a la Corte a hacer toda una reflexión sobre la importancia de las acciones de los docentes, del uso de sus palabras, y de los tratos hacia los niños y niñas que se encuentran bajo su cuidado.

“El uso de la fuerza “bruta” para sancionar a un niño o niña constituye una clara violación de sus derechos fundamentales y un ataque en ocasiones irremediable a su estabilidad emocional y afectiva”, se lee en la sentencia en la que determinó la protección a los derechos de los menores.

Los niños que fueron afectados son de la comunidad indígena Cubeo - Sikuani, y según sus relatos, los castigaban encerrándolos en cuartos, les cerraban los baños para que no los utilizaran, les daban porciones de comida que no eran iguales a la de los “niños mestizos”, he incluso, los domingos no les dan comida.

Los niños contaron que los amenazaban “constantemente diciéndoles que van a desnudarlos y amarrarlos si desobedecen las órdenes que les imparten” y que el sacerdote les decía que no se les suministraba comida porque no aportaban dinero, “y por ser “guahibos”, término que utiliza de manera “denigrante y despectiva” para referirse a los indígenas”.

Pero no solo eso, se lee en la sentencia que, “han contado a sus padres que el sacerdote los golpeó y que uno de ellos fue agredido con la varilla de hierro utilizada para izar la bandera. (...). Finalmente, acusan a la profesora y al sacerdote de castigar a la menor forzándola a meter las manos en el sanitario y pasarlas por su cara. Otra alumna también relató que fue obligada a “tragarse la hoja de un cuaderno” por no saberse las tablas de multiplicar”.

Los derechos a la educación, a la igualdad, a la no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad, debido proceso escolar, fueron los derechos que se le violaron a los niños.

El sacerdote y la docente ya no se encuentran en la institución, pero debido a que el maltrato se dio ante sus compañeros y que se legitimó prácticamente el uso de la violencia contra ellos, la Corte dio varias órdenes, como hacer un acto simbólico, ejercicios de convivencia, dio la orden de que se preste etnoeducación en la institución porque el 43 % son estudiantes indígenas y que debe haber un seguimiento de las autoridades a las sanciones que se le impongan a los niños y niñas.

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