Política

Cámara modifica régimen de inhabilidades para los magistrados de la JEP

La plenaria tumbó lo que aprobó el Senado por iniciativa de Cambio Radical y el régimen será el mismo que actualmente tienen los magistrados de las Altas Cortes.

Cámara modifica régimen de inhabilidades para los magistrados de la JEP

Cámara modifica régimen de inhabilidades para los magistrados de la JEP(Colprensa)

Uno de los temas más álgidos de la reglamentación de la Jurisdicción Especial para la Paz es el de las inhabilidades para los magistrados que integrarán el nuevo tribunal de paz. Aunque en el Senado se pusieron múltiples condiciones para su posesión, en la Cámara se modificó lo aprobado y se dejó el mismo régimen que tienen los magistrados de las Altas Cortes.

Hernán Penagos, ponente de la iniciativa, aseguró que lo aprobado en el Senado iba en contravía de lo aprobado en el acto legislativo y que si se mantenía el artículo sería declarado inconstitucional en la Corte.

“Quienes se sometan a la JEP podrán recusar a los magistrados que estén conociendo de los procesos, así como los propios magistrados tendrían la posibilidad de declararse impedidos por creer que han tenido injerencia en algún caso en específico. Los que están elegidos se mantienen”, dijo Penagos.

Asimismo, se propuso que los magistrados de la JEP solo pudieran estar en el tribunal máximo ocho años, pero esa proposición no tuvo acogida en los representantes.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad