Economía

MinTrabajo tiene funciones establecidas en la Ley, si la Corte declara ilegal huelga de ACDAC

La Corte ha pensado generar un mecanismo de protección tiene que ver con la calidad, las condiciones y el impacto que genera también el tema de un despido de más de 600 pilotos.

MinTrabajo tiene funciones establecidas en la Ley, si la Corte declara ilegal huelga de ACDAC

MinTrabajo tiene funciones establecidas en la Ley, si la Corte declara ilegal huelga de ACDAC(Colprensa/Archivo)

El Viceministro de Empleo y Pensiones, Fredys Socarrás, dijo que el Ministerio del Trabajo está confiado y tranquilo por las decisiones que tome la Corte Suprema de Justicia, que declarará si la huelga de pilotos de la Asociación Colombiana de Aviadores Civiles es legal o ilegal, este martes.

"Esperamos que las decisiones que se tomen sean respetadas por ambas partes y que entre empresarios y trabajadores se pueda establecer el mejor clima organizacional, para el bien del país", afirmó el funcionario.

Anotó que de declarase la huelga ilegal, el Ministerio del Trabajo tiene unas funciones establecidas en la ley, ya la titular de la cartera Laboral ha estado y está trabajando en esto.

Por su parte el abogado y profesor universitario, Octavio Rubio, explicó que si la Corte Suprema de Justicia declara ilegal la huelga de los pilotos de ACDAC, dijo que tan pronto sale el fallo que se establece en estos casos, es la autorización para que el empleador pueda despedir si lo considera, a los trabajadores involucrados en el proceso de la huelga.

Señaló, que si la Corte ha pensado generar un mecanismo de protección tiene que ver con la calidad, las condiciones y el impacto que genera también el tema de un despido de más de 600 pilotos de una empresa como Avianca.

Aclaró que la ley establece que no hay necesidad de pedir un permiso al Ministerio del Trabajo para hacer los despidos, porque inmerso dentro de la decisión, estaría inclusive el levantamiento de los fueros de los propios directivos de la organización sindical involucradas dentro del proceso de la declaratoria de la huelga.

Sin embargo, si la Corte considera que el transporte aéreo es servicio público esencial y por lo tanto existe una ilegalidad de la huelga en ese servicio, puede moderar en algún momento la decisión de no autorizar todos estos despidos o finalizar estos contratos de trabajo.

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