Orden Público

Corte Constitucional deja abierto el debate sobre la constitucionalidad del plebiscito

Respondió una demanda que habían interpuesto dos ciudadanos alegando que muchos no pudieron votar el 2 de octubre.

Tras un año de haberse votado el plebiscito del acuerdo de paz la discusión no se cierra. La Corte Constitucional declaró inhibitoria la demanda que habían interpuesto dos ciudadanos porque varios colombianos no votaron. El alto tribunal asegura que la argumentación no fue suficiente.

Entre las razones de las demandas se resaltaban dos principalmente: en primer lugar porque no se abrieron inscripciones de cédulas causando que quienes estaban en el exterior no pudieran participar, y porque en la zona Caribe las consecuencias del huracán Matthew fueron un obstáculo para hacerlo.

Lo que significa la determinación es que el debate sobre la constitucionalidad del plebiscito queda abierto. En pocas palabras, cualquier ciudadano, o incluso los mismos demandantes pueden establecer otra demanda para intentar tumbar el plebiscito, o incluso repetirlo.

Sobre este tema la Procuraduría y la Defensoría le habían pedido a la Corte que determinara la declaración de inhibitorio, dado a que la discusión no tendría lugar cuando ya hay un nuevo acuerdo de paz.

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