Orden Público

Santos expidió el decreto que activa funciones de la JEP mientras se aprueba Ley Estatutaria

Se designa a Minjusiticia para diseñar el plan de activación de la JEP. Se autoriza la adquisición de bienes y servicios para su funcionamiento.

Santos expidió el decreto que activa funciones de la JEP mientras se aprueba Ley Estatutaria

Santos expidió el decreto que activa funciones de la JEP mientras se aprueba Ley Estatutaria(Colprensa)

Colombia

El presidente, Juan Manuel Santos junto al ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, firmaron el decreto que establece las condiciones transitorias para la puesta en funcionamiento de la Justicia Especial para la Paz.

Se trata del decreto 1592 del 29 de septiembre de 2017, con el que se habilita al Ministro de Justicia para diseñar, en coordinación cercana con la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y sus 51 magistrados, los que fueron presentados por el Comité de Escogencia, un plan de puesta en funcionamiento de dicha jurisdicción.

Se autoriza además que, “hasta tanto se adopte la Ley Estatutaria que desarrolle la JEP, con cargo al presupuesto del Fondo Colombia en Paz se adquirirán los bienes y servicios que se requieran para la puesta en funcionamiento de la jurisdicción”.

El plan que diseñará el ministro Gil Botero, deberá contener medidas y pasos concretos, “para materializar la JEP y permitirle iniciar labores lo más pronto posible, de manera oportuna, en instalaciones idóneas y con los soportes técnicos, administrativos, informáticos, tecnológicos y de personal que se requieran”, según informó la Casa de Nariño en una comunicación.

El decreto incluye medidas como la designación del ministro de Justicia, como enlace entre el Gobierno Nacional y la Justicia Especial para la Paz.

El certificado de disponibilidad presupuestal para proveer los cargos de secretario Ejecutivo y de presidente de la Jurisdicción Especial para la Paz, “será expedido por el Jefe de Presupuesto del Ministerio de Justicia, con cargo a los recursos de dicha jurisdicción”.

Se deberá coordinar la formulación del plan de creación y puesta en funcionamiento de la JEP, el cronográma y las recomendaciones pertinentes.

Además impulsarán la adopción de decisiones y medidas, “para asegurar que la Sala de Amnistía e Indulto y la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas puedan cumplir sus funciones desde la posesión de sus funcionarios”.

Se tomarán acciones para que todos los órganos de la JEP, puedan entrar a funcionar de manera oportuna y se adelantarán las acciones del caso, para que la JEP cuente con la capacidad institucional necesaria para el ejercicio de sus competencias.

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