Orden Público

Santos sanciona Ley Estatutaria para regular el plebiscito por la paz

La Ley la conforman síes artículos y establece los aspectos para convocar el mecanismo.

El presidente Juan Manuel Santos sancionó la Ley Estatutaria 1806, por medio de la cual se regula el plebiscito para la refrendación del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. 

La Ley la conforman 6 artículos y establece claramente los aspectos para convocar al plebiscito, en el que establece, que, con la firma de todos los ministros, podrá someter a consideración del pueblo mediante ese mecanismo, el acuerdo final. 

De la misma forma, establece 5 reglas especiales del plebiscito y ordena que las campañas lideradas por movimientos cívicos, ciudadanos, grupos significativos de ciudadanos, partidos políticos y otras colectividades, que decidan participar promoviendo el “SÍ” y “NO” tendrán idénticos deberes y garantías.

La Ley Estatutaria establece además que la decisión aprobada a través del plebiscito tendrá un carácter vinculante para efectos del desarrollo constitucional y legal del Acuerdo Final.

También se ordena al Gobierno Nacional publicar y divulgar el contenido íntegro del Acuerdo Final.

En el siguiente enlace está publicada la Ley Estatutaria 1806 del 24 de agosto del 2016.

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