Cuestionario del procurador es más afín al proselitismo partidista que a sus funciones: Presidencia
El presidente Santos devolvió el cuestionario sin responder. En la carta conocida por Caracol Radio le recuerda a Ordóñez que no tiene competencia para hacer Control Político del proceso de paz.

Cuestionario del procurador es más afín al proselitismo partidista que a sus funciones: Presidencia(Colprensa/Archivo)
En carta enviada por el secretario privado de la Presidencia, Enrique Riveiria, por instrucciones del presidente, Juan Manuel Santos al procurador, Alejandro Ordóñez, le regresan el reciente cuestionario con 60 preguntas sobre el proceso de paz sin tramitar, afirmando que se trata más de un acto de proselitismo, que de ejercicio de las funciones del Ministerio Público.


Según el documento conocido por Caracol Radio, es evidente “que la intención del cuestionario no es la de obtener información relativa a los acuerdos alcanzados” en el proceso de paz, “sino la de adelantar una actividad de control político con el presidente de la República, más afín al proselitismo partidista que a las funciones del Ministerio Público”.
Enfatiza la misiva en que los acuerdos son públicos, pero las preguntas están cargadas de intencionalidad. Algunas, “discuten porque no se han hecho convenios adicionales, o de otro tipo, o con otro alcance”.
“Otras contienen afirmaciones que revelan una posición política acerca de los negociado con las Farc, para luego inquirir por qué las cosas no se han hecho en la forma en que el señor procurador caprichosamente estima conveniente”, advierte la carta que se envió al Ministerio Público.
Señala que muchos de los interrogantes “pretenden confundir a la ciudadanía”, al sugerir que los acuerdos les permitirán continuar en su actividad delictiva o insinúan que las autoridad se abstendrán de cumplir con sus funciones en el posconflicto.
Finaliza recordando a Ordóñez, que el presidente tiene la potestad “exclusiva” para adelantar los diálogos de paz y que no es el Procurador “al que le corresponde ejercer las funciones de control político de las negociaciones de paz alegando competencias constitucionales que no tiene”.
Cita incluso el pronunciamiento de la Corte Constitucional frente al plebiscito por la paz, donde el alto tribual resaltó la prohibición de los servidores públicos de los organismos de control de participar en actividades de proselitismo político.



