Gobierno no debe retrasar consultas previas para proyectos mineros
Se determinó que el dilatar ese tipo de procesos puede afectar los derechos fundamentales de las comunidades indígenas.
Un llamado de atención hizo la Corte Constitucional al Gobierno Nacional por no realizar a tiempo los trámites de la consulta previa con las comunidades indígenas en cuyos territorios se tenga pensado realizar un proyecto minero.
La Corporación Judicial indicó que no es posible que la Dirección de Consulta Previa (DCP) que pertenece al Ministerio del Interior, se haya demorado casi tres meses en dar respuesta a los derechos de petición que presentaron miembros del resguardo indígena Santa Marta Palmar en el departamento del Tolima, dado a que no se les incluyó en el Proyecto Oleoducto al Pacífico.
“Ante la duda sobre la ubicación del resguardo o del área de influencia directa, la entidad tiene la obligación de realizar las respectivas verificaciones en campo para cerciorarse sobre la existencia o no de traslape entre el área de un resguardo indígena y el área de influencia directa”, precisó la Corte.
Agregó que “el derecho fundamental a la consulta previa debe garantizarse cuando el área de influencia de un proyecto, obra o actividad, se traslape con el área en la que haya asentamientos de comunidades étnicas, por cuanto se entiende que puede afectar directamente la integridad cultural, la autonomía política y organizativa, y en general el goce efectivo de sus derechos”.