Orden Público

En firme condena contra el Estado por la masacre de Bojayá

Se determinó que el Estado no tiene facultad para solicitar intervención de la CIDH en procesos como la masacre de Bojayá.

Al fallar una tutela el Consejo de Estado advirtió que solo las víctimas y las organizaciones no gubernamentales, son las que tienen la potestad para pedir a los organismos internacionales que intervengan en procesos en los que se hayan violado los derechos humanos.

Este pronunciamiento lo hizo al revocar parcialmente el fallo del Tribunal Administrativo de Chocó, en el cual el magistrado pedía al Gobierno que pidiera la intervención de organismos internacionales en las actuaciones que se ha realizado frente a lo ocurrido en el municipio de Bojayá, Chocó.

En el mismo fallo la corporación judicial ratificó la condena proferida contra el Estado por la masacre perpetrada por las farc en 2002 en ese municipio en el cual fallecieron cerca de 120 personas como consecuencia de la explosión de un "cilindro bomba" lanzado por el grupo guerrillero a la iglesia donde se encontraban las personas.

Explicó igualmente que el Gobierno en su momento aclaró que la Corte Penal Internacional no podía investigar esos hechos porque no había aun entrado a operar.

“Aparte de las anteriores consideraciones, la Sala no puede desconocer que al ratificar el Estatuto de Roma, el Estado hizo una declaración interpretativa a través de la cual no aceptó la competencia de la CPI para el conocimiento de la categoría de crímenes de guerra por el término de siete (7) años, el cual venció a en noviembre de 2009”, señaló el fallo.

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