Corte tumba creación de áreas estratégicas mineras en 20 departamentos
El Ministerio de Minas y la Agencia Nacional Minera deberán realizar consultas previas con las comunidades indígenas y afrodescendientes que residen en esas zonas.
Al fallar una tutela la Corte Constitucional dejó sin efectos las Resoluciones del ministerio de Minas y Energía y de la Agencia Nacional Minera – ANM- que delimitaron y declararon áreas estratégicas de minería en los departamentos de Antioquia, Bolívar, Caldas, Cauca, Cesar, Chocó, Huila, La Guajira, Nariño, Norte de Santander, Putumayo, Quindío, Risaralda, Tolima, Valle del Cauca, Amazonas, Guainía, Guaviare, Vaupés y Vichada.
El cuarto punto de la sentencia advierte a los ministerios del Interior y de Minas y Energía y a la Agencia Nacional Minera que deben agotar el procedimiento “de consulta previa y obtención del consentimiento libre previo e informado de las comunidades indígenas y afrodescendientes que habiten los territorios que se pretenden declarar y delimitar como áreas estratégicas mineras”.
La decisión que fue tomada por los magistrados Gabriel Eduardo Mendoza y Jorge Iván Palacio, de la que se apartó Gloria Ortiz, protege, entre otras, a comunidades del Chocó que reclamaban su derecho a ser consultadas.
La sentencia anuló un fallo de la sección Cuarta del Consejo de Estado que en diciembre de 2013 había negado las pretensiones de las comunidades demandantes.