Salud y bienestar

Solicitan a la Supersalud investigar a Eps que se nieguen a tramitar oportunamente trasplantes a pacientes

La Corte Constitucional recordó que las personas que padecen algún tipo de cáncer, gozan de una especial protección.

Solicitan a la Supersalud investigar a Eps que se nieguen a tramitar oportunamente trasplantes a pacientes

Solicitan a la Supersalud investigar a Eps que se nieguen a tramitar oportunamente trasplantes a pacientes(Colprensa/Archivo)

Como lamentable calificó la Corte Constitucional el hecho de que las Eps del país se demoren en autorizar tramites médicos urgentes a personas que padecen enfermedades graves como cáncer más aun cuando estos han sido solicitados por los propios médicos tratantes. 

El pronunciamiento lo hizo al fallar una tutela donde un ciudadano se vio seriamente afectado por las demoras de la Eps Fondo Asistencial del Magisterio de Caquetá para que autorizara un trasplante de medula ósea e iniciar así el tratamiento contra el cáncer de leucemia que padecía por lo que pese a radicar una tutela solicitando el trasplante este falleció en agosto del año pasado. 

“El médico tratante de Juan Manual Calderón Gutiérrez quien padecía de leucemia mieloide aguda, solicitó autorizar el paquete completo de trasplante en la Clínica de Marly, lo que a su vez, implicaba la autorización y realización de los exámenes médicos de valoración, inclusión en el banco de trasplantes, hospitalización en clínica de cuarto nivel y la realización del trasplante” señaló el alto tribunal. 

La Corte señaló que las personas que padecen “algún tipo de cáncer” han sido considerados “como personas que gozan de una especial protección constitucional; y por lo tanto, el Estado a través de las instituciones prestadoras de servicios de salud tiene la obligación de brindarles una mayor protección del derecho a la salud, con la finalidad de atender de manera adecuada las necesidades específicas de su padecimiento”.

Por esta razón la Corte solicitó a la Superintendencia de Salud que este tipo de casos sean investigados. 

“Considera que en el actuar de la Eps Fondo Asistencial del Magisterio de Caquetá se presentó una grave vulneración de los derechos fundamentales invocados, la Sala observa que trascurrieron aproximadamente 4 meses desde el momento que fue ordenado el paquete completo de trasplante hasta cuando fue interpuesta la acción de tutela, tiempo que se considera exagerado para realizar los exámenes de histocompatibilidad y posteriormente autorizar un procedimiento que desde el comienzo el médico tratante indicó que era urgente al ser la única posibilidad de tratamiento curativo, tal y como se desprende de la historia clínica del 25 de marzo de 2015” puntualiza el fallo.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad