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Fijan fecha para que TV se adecúe a población con discapacidad auditiva

En caso de incumplir podrán ser sancionados con multas de hasta 2.000 salarios mínimos, la suspensión del servicio y la caducidad de la concesión o cancelación de la licencia.

Fijan fecha para que TV se adecúe a población con discapacidad auditiva

Fijan fecha para que TV se adecúe a población con discapacidad auditiva / C.C. wilkernet

La Autoridad Nacional de Televisión expidió la resolución por medio de la cual se reglamenta la implementación de sistemas de acceso para personas con discapacidad auditiva en los contenidos transmitidos mediante el servicio público de televisión.

De acuerdo con el último censo realizado en Colombia por el DANE, el 6,3 por ciento del total de la población presenta algún tipo de discapacidad que dificulta la ejecución de las actividades cotidianas. Dentro de ese porcentaje el 1,1 por ciento representa a la población con discapacidad auditiva.

Por esta razón, para la ANTV es una prioridad cumplir los objetivos constitucionales y legales relacionados con la población en situación de discapacidad auditiva, y asegurar su acceso y goce efectivo a la televisión. Es por eso que luego de un largo proceso, la entidad expidió la resolución 350 de 2016 que obliga a concesionarios de espacios de televisión del Canal UNO, operadores de televisión abierta con cobertura nacional, regional y local, así como a los concesionarios de televisión por suscripción en su canal de producción propia, a implementar los sistemas que garanticen a esta población el acceso a la televisión.

Los operadores deberán empezar a proveer los sistemas de acceso en su programación, de tal manera que al 30 de junio de 2016, el 60 por ciento de la programación ya tenga close caption o subtítulos y al 31 de enero de 2017 se complete el 100 por ciento de la programación.

La resolución incluye medidas de aviso, promoción, implementación, no restricción en televisión cerrada, evaluación y reporte de información. El incumplimiento de la implementación de estos sistemas podrá ser sancionado con multas de hasta 2.000 salarios mínimos, la suspensión del servicio y la caducidad de la concesión o cancelación de la licencia.

Los sistemas de acceso que podrán implementar los concesionarios, deberán tener en cuenta el español como idioma oficial del país, la velocidad y legibilidad de emisión de estos sistemas: interpretación de lengua de señas colombiana (LSC), texto escondido o closed caption (CC), subtitulación (ST) o los sistemas o mecanismos que se desarrollen en adelante y tengan el respectivo aval de la entidad competente.

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