Justicia

Falta de fondos no es excusa para que UNP no dé protección: Consejo de Estado

Se ordenó a la Unidad Nacional de Protección el pago del auxilio de transporte a favores de dos defensores de derechos humanos.

Al fallarse una acción de tutela el Consejo de Estado le hizo un fuerte llamado de atención a la Unidad Nacional de Protección por no cumplir con sus deberes y responsabilidades de protección frente a dos defensores de derechos humanos.

Para la Corporación Judicial señaló que la UNP no puede escudarse “en la falta de disponibilidad presupuestal para el no pago del auxilio de transporte, máxime cuando fue ella quien mediante su resolución asumió obligaciones a favor de los actores como beneficiarios del programa de protección”.

Este pronunciamiento se hizo al amparar los derechos de Alberto Gutiérrez y Yurley Quintero ambos miembros de la corporación ANNE FRANK, con sede en Altos de Cazucá y quienes se dedican “se dedican a la defensa de los derechos humanos, en especial a la lucha contra el flagelo de la trata de personas, por lo cual han sido víctimas de amenazas constantes”.

Agrega que precisamente la Unidad Nacional de Protección, les hizo a los accionantes un estudio de seguridad, cuyo resultado arrojó una calificación de su nivel de riesgo como extraordinario.

“Que a los demandantes se les asignó un escolta para ambos, chalecos antibalas, un celular para cada uno y un auxilio de transporte por la suma total de $ 1.950.000 mensuales. Que no obstante lo anterior, hace dos meses la UNP les adeuda lo correspondiente al subsidio de transporte, por lo cual el propietario del vehículo suspendió el servicio y ahora deben movilizarse en transporte público en Altos de Cazucá. Que la entidad accionada alega razones presupuestales para no realizar el pago del auxilio de transporte” señala el fallo.

Agregó que en este punto, hay que recordar que a raíz del no pago del servicio de transporte, “el contratista se vio obligado a suspender la prestación del servicio, forzando a los actores a movilizarse en medios de transporte público, circunstancia que hace correr un peligro inminente a la vida e integridad personal de los demandantes. Lo anterior, debido a que ellos se dedican a la defensa de los derechos humanos y a que trabajan en un área bastante conflictiva. Asimismo, al seguirse transportando por medio de buses, podrían dar lugar a la consumación de un perjuicio irremediable consistente en un atentado contra su vida”.

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