Justicia

La tutela que le ganó el senador Jorge Robledo al exministro Rubén Darío Lizarralde

La Corte Constitucional advirtió que servidores públicos deben evitar descalificar a sus opositores políticos.

La tutela que le ganó el senador Jorge Robledo al exministro Rubén Darío Lizarralde

La tutela que le ganó el senador Jorge Robledo al exministro Rubén Darío Lizarralde(Colprensa / Archivo)

Dos años han pasado desde que el senador Jorge Enrique Robledo y el entonces ministro de Agricultura, Rubén Darío Lizarralde, protagonizaron una “pelea política” a causa de una grabación de una conversación sostenida entre el congresista y dirigentes sindicales de Sintracerromatoso.

En su momento Lizarralde decidió convocar a una rueda de prensa en donde publicó el audio en el que supuestamente el senador actuaba de forma “inmoral y antiética” al señalar según él, que Robledo había sugerido a un grupo de líderes sindicales “aliarse con corruptos y ladrones” y “actuar por fuera de la ley”.

Precisamente frente a tales afirmaciones el congresista interpuso una tutela en contra del exministro de Agricultura y Desarrollo Rural, donde solicitaba la protección de sus derechos fundamentales a la intimidad, buen nombre y ejercicio de la oposición política, los cuales consideró vulnerados a raíz de tales declaraciones.

Tutela que falló la Corte Constitucional a favor del congresista en la cual advierte que “el derecho a la privacidad del senador Robledo se vio entonces afectado por la grabación de su voz, la cual fue recolectada en la oficina del congresista sin que se contara con su autorización o sin orden judicial, y sin perjuicio de lo que pueda decirse respecto de la difusión de una conversación sostenida por este con unos sindicalistas”.

Señaló la Corte que es evidente que vulneraron los derechos del congresista pues “el ministro Lizarralde omitió indicar a sus interlocutores que el senador Robledo exageraba clara y expresamente cuando emitió las aseveraciones que consideró antiéticas”.

“Esto no responde simplemente a un problema de interpretación, pues es claro que en el contexto en el cual se pronunciaron las expresiones objeto de censura por parte del ministro, no se convocaba a los interlocutores del senador a violentar el orden jurídico, ni a transgredir la ética pública, sino a ejercer una acción colectiva, concertada, legal y constitucional, con el fin de reivindicar los derechos que consideraban conculcados” precisa el fallo.

Por esta razón advirtió la Corte Constitucional que “los servidores públicos con responsabilidad política y, en especial, al ministro de Agricultura y Desarrollo Rural que, en el futuro, se abstengan de hacer alusiones descalificatorias de opositores políticos a partir de grabaciones cuya licitud puede ser duda y que no han sido objeto de verificación”.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad