Alcaldías y Bancos no pueden retener cuentas pensionales: Corte Constitucional
Para la instotución esto vulnera los derechos fundamentales de los ciudadanos.
No se pueden embargar las pensiones
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Un fuerte llamado de atención hizo la Corte Constitucional a todos los bancos y alcaldías del país para que en adelante eviten embargar las cuentas pensionales.
Para la Corte esto vulnera los derechos fundamentales de los ciudadanos, pues con dichas actuaciones se afecta directamente el mínimo vital y la vida digna de las personas pensionadas y de su núcleo familiar.
El pronunciamiento se hico al fallar una tutela a favor de una mujer a quien la Alcaldía de Itagüí le embargó su cuenta como un cobro coactivo por no haber cancelado a tiempo el valor del impuesto predial.