Justicia

Corte abre la puerta para que fertilización in vitro sea incluida en el POS

Exhorta al Gobierno para que inicie el debate que permite incluir la técnica científica en el Plan Obligatorio de Salud.

Corte abre la puerta para que fertilización in vitro sea incluida en el POS

Corte abre la puerta para que fertilización in vitro sea incluida en el POS

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Un importante fallo de la Corte Constitucional le ordena al Gobierno Nacional que a través del Ministerio de Salud inicie una discusión pública para que en el Plan Obligatorio de Salud se incluyan técnicas científicas como la fertilización invitro.
 
De acuerdo con el alto tribunal es necesario que se realice una  revisión de la situación que tienen que enfrentar las personas que padecen de infertilidad y no cuentan con recursos económicos para costear los tratamientos de reproducción humana asistida los cuales ascienden a los 18 millones de pesos.
 
En su sentencia la corporación reconoció que el Estado ha sido ausente y ha desprotegido a un sector de la población que demanda servicios médicos para lograr su reproducción.
 “Dada la incapacidad del Estado para responder a esta problemática, las parejas se ven obligadas a asumir el alto costo de los tratamientos, aspecto este que en muchos casos se constituye en una barrera infranqueable en términos de accesibilidad al servicio de salud, toda vez que podrán acceder a los tratamientos de reproducción asistida quienes tengan recursos económicos para financiarlos, situación que genera una discriminación de la población desfavorecida económicamente que en todo caso no tendrá más alternativa que aceptar con resignación sus limitaciones reproductivas, dado que el Estado no ha asumido una política pública de inclusión de estos procedimientos en el Plan Obligatorio de Salud”, señala la corporación. 
Esta importante decisión se dio luego de que un ciudadano radicara una tutela para solicitar el amparo de sus derechos fundamentales a la salud, a la vida en condiciones dignas, a la familia y a la igualdad, que consideró fueron vulnerados por Salud Total EPS al negarle el “procedimiento denominado fertilización in vitro”, que requería pues tiene una discapacidad para reproducirse. 
 
En la sentencia la Corte no ordena realizar el procedimiento invitro al accionante pues actualmente no hace parte del POS, sin embargo le ordena a su EPS otorgar la información, guía y acompañamiento que requiere.

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