Política

Petición de medidas cautelares fueron precipitadas: Cancillería

El Ministerio de Relaciones Exteriores afirmó que en el caso Petro se respetó el debido proceso.

El Ministerio señaló que ha dado respuesta a cinco solicitudes de información a la CIDH sobre las actuaciones de la justicia, desde el inicio del estudio de las medidas cautelares

En un comunicado, el Ministerio de Relaciones Exteriores afirmó que en el caso del exalcalde Gustavo Petro se han dado todas las garantías en las instancias judiciales nacionales

“El Gobierno de Colombia, siempre ha entendido el papel del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, como uno de naturaleza complementaria al derecho interno de los Estados. Por tanto, solo puede actuar cuando no opera o falla la justicia interna”, dice la comunicación

Agrega el Ministerio que en la organización jurídico-política de Colombia, los jueces y el Ministerio público son instituciones autónomas e independientes del gobierno nacional. Por ello, esta situación demanda una alta responsabilidad del Gobierno quien tiene el deber de proteger el orden institucional. “En este caso están en juego la autonomía y la soberanía para definir nuestra arquitectura constitucional y el funcionamiento mismo del aparato judicial que ha operado frente a este caso con rigor, celeridad y plenas garantías”

Enfatiza que la solicitud de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al Gobierno de Colombia no tiene carácter obligatorio ni vinculante. “Las medidas cautelares no hacen parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esta figura está contemplada en el reglamento interno de la misma Comisión que es elaborado por los mismos comisionados y no por una decisión de los Estados. Las medidas cautelares se prevén para aquellos casos en los cuales se requiere evitar daños irreparables a las personas en situaciones de gravedad y urgencia”

“La Corte Constitucional le ha reconocido el carácter vinculante a medidas cautelares en casos concretos fundamentalmente referidos a la protección del derecho a la vida, la integridad y seguridad de las personas. En este caso nos encontramos frente a un hecho diferente referido a derechos políticos. Precisamente en casos anteriores la misma CIDH se había abstenido de solicitar medidas cautelares respecto de estos derechos por considerar que la adopción de esta clase de medidas implicaría un juzgamiento anticipado sobre el fondo de una petición”, puntualiza

Explica el comunicado de la Cancillería que en el trámite de las más de 300 acciones de tutela que se presentaron, se pronunciaron el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el Consejo Superior de la Judicatura y finalmente el Consejo de Estado. “Esta acciones podrán incluso ser revisadas por la Corte Constitucional. En este contexto y respetando el Estado de Derecho, al Alcalde le quedan aún recursos judiciales en la órbita interna y depende de él hacer uso de estos mecanismos aún no agotados”.

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