Política

Presidente Santos debe cumplir inmediatamente destitución de Petro

Juristas consultados por Caracol Radio afirman que las medidas cautelares servirían para tumbar la inhabilidad.

Presidente Santos debe cumplir inmediatamente destitución de Petro

El jefe del Estado no tendría límite de tiempos para cumplir con la decisión del Procurador, Alejandro Ordóñez Maldonado, que destituyo e inhabilitó al Alcalde de Bogotá, Gustavo Petro por 15 años para ejercer cargos públicos

En primera instancia el exprocurador, Jaime Bernal Cuellar, dijo que aunque teniendo en cuenta que Bogotá tiene un régimen especial, el Estatuto Orgánico, por tratarse de una decisión que está en firme o ejecutoriada debe cumplirse inmediatamente, “lo cual significa que el señor Presidente una vez reciba la providencia del Procurador debe proceder a designar una persona que reciba la alcaldía de Bogotá y se convoquen las elecciones correspondientes”

Por su parte, el abogado Constitucionalista, Juan Manuel Charry, afirmó que el Estatuto Orgánico de Bogotá no tiene un término para que el presidente de la República cumpla la decisión que se ha pedido

Puede expedir un decreto encargando a un alcalde mientras se convoca a elecciones que deben tener lugar dentro de los dos meses siguientes, pero no hay un término previsto y es una decisión que se debe adoptar de manera inmediata”, subrayó

Añadió que el mismo Estatuto Orgánico de Bogotá, prevé que en cualquier evento que el presidente tenga que designar el reemplazo del alcalde, debe hacerlo del mismo movimiento del cual procede el mandatario

Finalmente y sobre los tiempos que tendría el presidente, el abogado Constitucionalista, Rodolfo Arango y profesor de la Universidad de los Andes, señaló que “no hay mucho juego de parte del Presidente y él ha manifestado que cumplirá (…) con esta rapidez que se dan los hechos es factible que el presidente tome la decisión rapidamente”

Señaló que la Constitución prima sobre el Estatuto Orgánico de Bogotá, y dijo que el presidente debe nombrar un reemplazo del alcalde Gustavo Petro

Dijo que, sin embargo, el alcalde podría hacer dos cosas: una acción de tutela en contra de la decisión en firme, aduciendo que es inminente la violación de sus derechos políticos por la inhabilidad de 15 años; o en el sistema interamericano, tal vez buscar la intervención para revocar la nulidad de los 15 años, porque la convención interamericana exige que sean los jueces los que priven o suspendan los derechos políticos de las personas y ahí tiene el alcalde un buen caso

“Hacía el futuro es previsible que Petro pueda volver a la arena política mucho antes de lo que se cree y puede ser favorable porque se habría convertido en una víctima perseguida por el Procurador”, enfatizó

Medidas CautelaresEl exprocurador Jaime Bernal, señaló que con riesgo de equivocarse, si no se han producido las elecciones atípicas, la medida que tome la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, tendría el efecto de suspender, si esa es la medida la ejecución de la decisión y se podría reintegrar el alcalde, “pero siempre y cuando la CIDH de una recomendación o tome una medida especial de no cumplimiento de una decisión proferida por autoridad competente”, lo cual puede ser un poco discutible

Recordó que el Presidente (Juan Manuel Santos) ha dicho que cumpliría la decisión de la Comisión Interamericana, “y eso conllevaría a un reintegro si no se ha realizado el proceso electoral para reemplazar al señor Alcalde”

En lo referente a las medidas cautelares, el abogado constitucionalista, Juan Manuel Charry, señaló que “si se dan en esta coyuntura podrían justificar que el presidente de la república no expidiera el decreto nombrando al alcalde encargado ni convocando a elecciones porque habría una medida cautelar”.Sobre el mismo tema, el abogado y profesor de los Andes, Roberto Arango, señaló, que “no se podrían dar porque es un acto tomado bajo la Constitución y la Ley”.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad