Justicia

Corte da 15 días al tribunal para fallar en el caso de Hipólito Moreno

Tribunal tumbó la decisión que anulaba el acuerdo con la Fiscalía por el 'carrusel' y pide una nueva decisión.

Corte da 15 días al tribunal para fallar en el caso de Hipólito Moreno

Al fallar una tutela, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ordenó al Tribunal Superior de Bogotá que en 15 días máximo resuelva las apelaciones en contra de la sentencia que dejó en firme el preacuerdo al que había llegado el exconcejal Hipólito Moreno con la Fiscalía General de la Nación dentro del llamado escándalo del carrusel de la contratación

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La determinación fue adoptada por el Alto Tribunal al considerar que a Moreno se le vulneró el derecho el debido al proceso, porque el Tribunal de Bogotá en el fallo en que había anulado el acuerdo de seis años y seis meses de cárcel había ido más allá de las funciones que le encomienda la ley

Según la Corte, el Tribunal no puede decirle a la Fiscalía cómo hacer su trabajo, qué cargos imputar y establecer un nuevo delito en contra del procesado

Para la sala Penal el Tribunal asumió el papel de co-acusador agravando la situación jurídica de Hipólito Moreno y violando el principio de imparcialidad del sistema penal acusatorio

Por su parte el abogado Darío Bazanni, defensor de Moreno celebró la decisión e indicó que esperan un pronto pronunciamiento del Tribunal sobre la rebaja en la condena por su aceptación de cargos por su participación en el caso del carrusel de la contratación. "Nosotros consideramos que el Tribunal había violado los derechos constitucionales del señor Hipólito Moreno y por tal razón interpusimos una acción de tutela en la Corte Suprema de Justicia", dijo en diálogo con Caracol Radio Bazani

Esta determinación fue adoptada por el alto tribunal al considerar que el Tribunal Superior de Bogotá se excedió en sus competencias al declarar la nulidad del proceso desde el allanamiento a cargos por parte del excabildante

"Es evidente cómo el juez colegiado asumió el rol de co-acusador al mutar la imputación de la fiscalía agravando la situación jurídica del accionante, lo cual desconoce por completo el principio de imparcialidad que caracteriza el sistema acusatorio", señala la sentencia

Y es que de acuerdo con el Tribunal, Moreno no podía aceptar cargos si la imputación no se realizaba en los términos que esa corporación señalaba. En su decisión la Corte ordena realizar una nueva audiencia en la cual se resuelva el recurso de nulidad presentado por la defensa de Moreno contra el fallo que lo condenó a seis años y medio de prisión tras llegar a un un preacuerdo por los delitos de cohecho propio e interés indebido en la celebración de contratos

"Se ordenará al tribunal que en el término de 15 días hábiles siguientes a la notificación de la presente decisión, profiera la sentencia que en derecho corresponda, limitando su estudio a los temas propuestos de las apelaciones interpuestas por el Ministerio Público y la defensa frente al fallo condenatorio", agrega el fallo.

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