MinTransporte aclara que la prescripción de comparendos está ordenada por la ley
El ministro de Transporte, afirmó que la prescripción de los comparendos está autorizada por el Código Nacional de Tránsito desde el año 2002.
El ministro de Transporte, Germán Cardona Gutiérrez, afirmó que la prescripción de los comparendos impuestos por cometer infracciones a las normas de tránsito, está autorizada por el Código Nacional de Tránsito desde el año 2002
El funcionario aclaró que la prescripción acordada en el Acta de Acuerdo firmada el pasado jueves con la ACC, no fue ni una concesión ni un soborno a los transportadores que decidieron levantar el paro
“Aquí no se han tomado unas posiciones particulares para tratar de sobornar a las personas que suspendieron el paro. ¡No señores! Eso lo saben ustedes que conocen el Código Nacional de Tránsito, eso está establecido en la ley”, señaló el Ministro
Cardona Gutiérrez sostuvo que en este tema hay respaldo por parte del gobierno a los transportadores pues lo que están pidiendo es que se cumpla la ley que establece que esos comparendos que han cumplido tres años y que por ley prescriben, prescriban
El Ministro agregó que así como los transportadores tienen derecho a esa prescripción luego de tres años de expedido y no cobrado un comparendo, todos los colombianos tienen ese mismo derecho adquirido