Justicia

Cooperativas deben respetar garantías laborales: Corte Constitucional

Finalmente la Corte concede la acción de tutela a Yuri Carolina Gutiérrez, para que en el término de 48 horas sea reintegrada en el cargo que desempeñaba.

La Corte Constitucional hizo un llamado de atención a las cooperativas de trabajo asociado que están simulando una relación laboral, al indicar que algunas de estas utilizan esta figura de cooperativa como fachada para ocultar su verdadera relación laboral

 "En la que el asociado no desempeña sus funciones directamente en la cooperativa sino que, bajo el supuesto de ir 'en misión', en realidad presta un servicio a un tercero, quien a su vez le da órdenes e impone un horario de trabajo, es una clara muestra de configuración del elemento de subordinación propia de una relación laboral", señala la Corte. El llamado de atención lo hizo la Corte al resolver una acción de tutela en favor de Yuri Carolina Gutiérrez, quien se encontraba vinculada a la Cooperativa de Trabajo Asociado de Servicios Técnicos y Profesionales Gestionar Ltda. ‎​La accionante fue enviada para trabajar 'en misión' a la Empresa Promotora de Servicios y Soluciones S.A. desde el primero de julio del año 2007, pero que el 23 de enero del 2009 informó que se encontraba embarazada, tanto a la cooperativa a la que se encuentra afiliada, como a la empresa a la que presta el servicio, motivo por el cual aseguró ser despedida. ‎​En tal sentido la Corte encontró que entre la actora y las empresas accionadas existía una relación laboral, la cual puede darse al interior de los convenios cooperativos, pero se rige por la legislación laboral vigente. "Por tales motivos, se revocará los fallos de intancia debido a que las providencias en mención desconocieron los mandatos constitucionales sobre la primacía de la realidad ante lo pactado por las partes y la especial protección constitucional de la cual gozan, las mujeres protegidas por el fuero de maternidad", señala el Alto Tribunal. Finalmente la Corte concede la acción de tutela a Yuri Carolina Gutiérrez, para que en el término de 48 horas sea reintegrada en el cargo que desempeñaba o en otro de similar ejercicio y sienta un precedente frente a la forma en que se debe utilizar la figura de las cooperativas de trabajo asociado.

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