Justicia

Los hijos únicos no están obligados a prestar el servicio militar

Así el padre y la madre estén vivos, el hijo único puede ser excluido del servicio obligatorio. Antes solo se beneficiaban los de mujer viuda, divorciada, separada o soltera.

La Corte Constitucional eliminó cualquier condicionante para que los hijos únicos, en tiempos de paz, sean exentos de prestar el servicio militar obligatorio. La norma contemplaba que los hijos de mujer viuda, divorciada, separada o madre soltera, estaban exentos de prestar el servicio obligatorio pero la Corte incluye a todos los hijos incluso aquellos que se encuentran con sus padres. La Corte acogió la el concepto de la Procuraduría que señalaba que esta disposición establecía una discriminación contraria a la Constitución Señala el alto tribunal que no se puede excluir del mismo tratamiento al “hijo único de hombre viudo, divorciado, separado o padre cabeza de familia”, ya que se incurre en una discriminación. Explica la Corte que la redacción de la norma, se estaba prestando a interpretaciones equivocadas ya que solo se estaba beneficiando a los hijos de la mujer viuda , separada o divorciada.

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