Justicia

Niegan el recurso del hábeas corpus a involucrados en parapolítica

La decisión se adoptó al término del plazo de 36 horas que establece la ley para que el juez de garantías defina o no la libertad de un detenido que considera ilegal o improcedente la medida de aseguramiento, aunque hasta el momento no se han dado a conocer las razones de la negativa.

El juez Primero Laboral del Circuito de Bogotá negó un recurso de hábeas corpus interpuesto por abogados de implicados en la parapolítica y de paso impidió la libertad de los ex dirigentes políticos.
La decisión se adoptó al término del plazo de 36 horas que establece la ley para que el juez de garantías defina o no la libertad de un detenido que considera ilegal o improcedente la medida de aseguramiento, aunque hasta el momento no se han dado a conocer las razones de la negativa.
El recurso lo interpusieron los apoderados de Sigifredo Senior y Marciano Celedón Argel (ex alcalde y ex director de Planeación de Tierralta, Córdoba), Jaime Augusto García (ex alcalde de San Antero, en el mismo departamento), y de la ex representante a la Cámara Eleonora Pineda.
El hábeas corpus se invocó teniendo como antecedente una controvertida tutela fallada por un juez penal encargado de Lorica, que cambió la calificación del delito por el cual la Fiscalía dictó medida de aseguramiento contra los ex dirigentes políticos.
El gobierno y la Fiscalía pidieron al Tribunal Superior de Montería la revisión del fallo de tutela para impedir la excarcelación de los parapolíticos, argumentando que el juez encargado desconoció la jurisprudencia que sobre el tema han dictado tanto la Corte Constitucional como la Corte Suprema de Justicia.
Abelardo de la Espriella, uno de los abogados de los parapolíticos, anunció que a primera hora del lunes espera notificarse del fallo para proceder a interponen el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Bogotá.

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