Política

Reforma al Código de Tránsito crea amnistía a los partes por sobrecupo de pasajeros

La Cámara de Representantes aprobó en segundo debate una amnistía a los conductores de servicio público urbano que tengan comparendos por sobre cupo de pasajeros impuestos antes del primero de julio de 2007

La Cámara de Representantes aprobó en segundo debate una amnistía a los conductores de servicio público urbano que tengan comparendos por sobre cupo de pasajeros impuestos antes del primero de julio de 2007.
La amnistía, que no está cuantificada, solo cobija las multas por sobrecupo en el transporte público colectivo en los niveles municipal y distrital, es decir para el servicio urbano. Tampoco incluye los microbuses tradicionalmente llamados "colectivos".
La norma hace parte de una reforma al Código de Tránsito que además reduce algunas de las multas, facilita el pago de las mismas y crea intereses de mora con tarifas bancarias.
También establece que las licencias o pases de conducción tengan un puntaje que se reducirá en unidades según las infracciones cometidas. El tope inicial es de 12 puntos, pero la conducción en estado de embriaguez o bajo sustancias sicotrópicas hace perder seis unidades y la suspensión de la misma hasta por tres años.
Los puntos que se pierdan pueden recuperarse gradualmente en la medida en que no tenga comparendos en el año siguiente, según el proyecto de la representante del movimiento Mira, Gloria Stella Díaz.
También establece que si un conductor no acepta un comparendo por considerarlo injusto o arbitrario, el agente de tránsito buscará un testigo, que debe ser plenamente identificado y con su dirección domiciliaria y número telefónico.
En cuanto a las facilidades y sanciones para pagar los partes se establece que se cancelará la mitad del valor si se hace dentro de los primeros cinco días. Si el pago se hace entre los días 6 y 11 después de impuesto, tendrá descuento del 25 por ciento. En caso contrario, y hasta cumplir el mes, se cancelará el valor total de la multa.
Si pasados los 30 días el parte no es pagado, comenzarán a cobrarse intereses de mora a tasas bancarias, pero el valor total de ellos no podrá ser superior al monto inicial de la multa.
La iniciativa pasa a consideración del Senado para sus dos últimos debates.

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