Justicia

Las parejas de unión libre tienen derecho a seguridad social en familia desde que comienzan su relación

A partir de ahora, las parejas que viven en unión libre no tendrán que certificar una convivencia mínima de dos años para poder afiliar a su compañero o compañera permanente como beneficiarios del Plan Obligatorio de Salud

A partir de ahora, las parejas que viven en unión libre no tendrán que certificar una convivencia mínima de dos años para poder afiliar a su compañero o compañera permanente como beneficiarios del Plan Obligatorio de Salud.
Así lo determinó la Corte Constitucional al tumbar una parte del artículo 163 de la Ley 100 de 1993, el cual regula el sistema de seguridad social en Colombia. El artículo determinaba un tiempo de convivencia mínima como requisito para autorizar las afiliaciones al servicio de salud.
De ahora en adelante, uno de los miembros de la pareja puede afiliar a su compañero permanente al POS, sin importar el tiempo de convivencia; basta con una declaración ante una notaría, en la que manifiesten que la unión es seria y tiene como objetivo fundar una familia.

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