Actualidad

Hijastros también tienen derechos

Los hijastros también tienen derecho a la pensión de sus padrastros cuando han vivido de manera permanente en familia y son vulnerables económicamente, sentenció la sala laboral de la corte suprema de justicia.

Por Felipe Gómez.
Bogotá.---Los hijastros también tienen derecho a la pensión de sus padrastros cuando han vivido de manera permanente en familia y son vulnerables económicamente, sentenció la sala laboral de la corte suprema de justicia.
El tribunal falló en un recurso de casación contra el Instituto de los Seguros Sociales, que se negaba por todos los medios jurídicos a reconocer una pensión sobreviviente a un joven con retardo mental, a pesar de que el grupo que lo rodeo constituyó su familia, tuvo una relación de tipo permanente y constante.
Dados esos vínculos estrechos de responsabilidad, los hijastros deben ser protegidos por la seguridad social para evitar el desamparo, dijo el presidente de la sala laboral del Alto Tribunal, al tiempo que subrayo que la protección de la ley 100 no sólo cobija los factores biológicos de la familia, sino aquellas relaciones afectivas sin necesidad de adopción pero bajo el resultado de pruebas muy exigentes por parte de los jueces.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad