6AM Hoy por Hoy6AM Hoy por Hoy

Justicia

Procuraduría afirma que sí puede destituir funcionarios de elección popular

Se declara a la espera de una decisión final de la CIDH frente al caso del ex alcalde Gustavo Petro.

Procuraduría afirma que sí puede destituir funcionarios de elección popular

Procuraduría afirma que sí puede destituir funcionarios de elección popular(Colprensa / Archivo)

La Procuraduría General de la Nación defendió este viernes su competencia de investigar y sancionar a los funcionarios públicos, incluso los de elección popular. Así lo señala un comunicado de la entidad, a propósito de la decisión del Consejo de Estado que revocó la destitución e inhabilidad por 15 años que la Procuraduría le había impuesto al ex alcalde de Bogotá Gustavo Petro, durante la administración de Alejandro Ordóñez.

Según el comunicado, la Procuraduría se declara respetuosa de los fallos judiciales y queda “a la espera de conocer el texto de la sentencia, que tiene efectos inter partes, y la decisión final que tome la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

Posteriormente recuerda que la jurisprudencia de la Corte Constitucional reconoce la competencia de la Procuraduría General “para investigar y sancionar disciplinariamente a todos los servidores públicos, incluyendo a los de elección popular – con excepción de aquellos que se encuentren amparados por fuero”.

Y de manera enfática señala que la entidad “mantiene la competencia que el ordenamiento jurídico le atribuye, con apego al debido proceso, para destituir e inhabilitar servidores públicos de elección popular, como herramienta esencial de la lucha contra la corrupción”.

Textualmente el comunicado dice:

Procuraduría se pronuncia sobre decisión del Consejo de Estado

1. Ante la decisión del Consejo de Estado en el caso del exalcalde de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, conocida a través de comunicado de prensa, la Procuraduría General de la Nación, respetuosa de los fallos judiciales, se declara a la espera de conocer el texto de la sentencia, que tiene efectos inter partes, y la decisión final que tome la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

2. En un momento crucial e histórico en la lucha contra la corrupción, la Procuraduría reconoce en el Consejo de Estado a uno de sus mejores aliados en esta batalla que desde las instituciones se libra, a partir del mandato de la Constitución Política y en representación y con el apoyo de la sociedad.

3. La jurisprudencia de la Corte Constitucional ha reconocido la competencia de la Procuraduría General de la Nación “para investigar y sancionar disciplinariamente a todos los servidores públicos, incluyendo a los de elección popular – con excepción de aquellos que se encuentren amparados por fuero, es constitucionalmente válida para imponer la sanción de destitución e inhabilidad general, cuando se cometan las faltas gravísimas dolosas o realizadas con culpa gravísima”.

4. En la sentencia SU-355 de 2015 la Corte Constitucional, de manera particular, señaló que: “En materia de la competencia para destituir e inhabilitar servidores públicos – excepto aforados -, incluso de elección popular, se ha configurado la cosa juzgada constitucional. En esa medida, no es posible cuestionar o discutir la validez constitucional de la referida competencia de la Procuraduría”.

5. La Procuraduría General de la Nación mantiene la competencia que el ordenamiento jurídico le atribuye, con apego al debido proceso, para destituir e inhabilitar servidores públicos de elección popular, como herramienta esencial de la lucha contra la corrupción, en momentos en que estos instrumentos no se pueden debilitar.

6. Esta Procuraduría Ciudadana reafirma su compromiso con la defensa de los derechos, las garantías individuales y el orden jurídico.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad