Justicia

Abuso menores

Destituido por 15 años exfuncionario del ICBF que violó una niña en Boyacá

Se trata de un abogado que abusó sexualmente de la menor de 10 años en Sutamarchán, Boyacá.

Destituido por 15 años exfuncionario del ICBF que violó una niña en Boyacá

Destituido por 15 años exfuncionario del ICBF que violó una niña en Boyacá(Pxhere C.C)

Carlos Enrique Muñoz Sotelo de 32 años, quien fue secretario de gobierno del municipio de Chivor, laboraba como asesor jurídico en la oficina de cobro coactivo del Instituto Colombiano de Bienestar familiar en Tunja. 

En el municipio de Sutamarchán desató el escándalo el 16 de julio de 2016, cuando según la Fiscalía, la niña fue abusada por el abogado que fue sorprendido en flagrancia por la propia madre de la menor que cursaba grado quinto de primaria, y quien desde entonces, ha vivido un verdadero viacrucis junto con su familia. 

Tras el hecho denunciado por la madre de la niña, Muñoz Sotelo fue detenido por las autoridades y permanece recluido en la Cárcel Distrital de Tunja. 

Luego de la audiencia donde se dio a conocer la sentencia condenatoria, en marzo del 2018, el juzgado primero penal de Chiquinquirá sentenció al ex trabajador del ICBF a pagar 12 años de prisión, como pena por el delito de acceso carnal abusivo con menor de 14 años. 

Dentro de la condena, el juez también ordenó la anulación de la tarjeta profesional del abusador. 

El caso vuelve a revivir toda vez que la defensa de Muñoz Sotelo, había solicitado una rebaja de pena, ya que el insiste en su inocencia y no acepta aun los cargos imputados. 

En el proceso el ministerio público se pronunció, destituyendo e inhabilitando por 15 años al condenado. 

Según la Procuraduría, Muñoz Sotelo vulneró los principios y normas que rigen la conducta de los servidores públicos, al abusar sexualmente de la niña. 

Para el ente de control, el Muñoz abusó de su cargo y posición como funcionario público para poder acercarse a la menor y su familia, y omitió las funciones asignadas como representante del ICBF para proteger y garantizar los derechos de la infancia y la adolescencia. 

El Ministerio Público calificó la conducta como gravísima, cometida a título de dolo. 

Contra esta decisión se presentó recurso de apelación. 

Pese al fallo condenatorio que obligará a mantener privado de su libertad al agresor, la fiscalía apeló la decisión ya que para el ente acusatorio, la pena concedida fue demasiado baja para la magnitud del delito, y buscará mediante un nuevo recurso, que la condena ascienda al menos dos años más, es decir minino a 14 años de cárcel. 

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