Corte Constitucional tumba sentencia que obligaba la consulta antitaurina
La sala plena de la Corte Constitucional considera que debe ser el Congreso el que defina si se pueden o no hacer corridas de toros.
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Corrida de Toros
La Corte declaró nula la sentencia T-121 de 2017 que ordenaba al alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, que en el término de 48 horas luego de la notificación de la decisión, se adelantaran todos los trámites pertinentes para llevar a cabo la consulta popular que autorizó el Concejo de Bogota.
La sala plena de la Corte acogió los argumentos del magistrado ponente Carlos Bernal, quien señaló que el tema resuelto en esa decisión era cosa juzgada, pues ya había dicho el alto tribunal que la competencia para este tipo de temas es el Congreso.
Es decir, si lo que se busca es la prohibición de las corridas, se debe tramitar un proyecto al respecto y no se le debe preguntar a los ciudadanos si las quieren o no.