Movilidad

Rige Pico y Placa para taxis y buses de servicio público en Cali

Desde el lunes quince de enero y hasta el 30 de junio de 2018, irán las restricciones para vehículos particulares.

Rige Pico y Placa para taxis y buses de servicio público en Cali

Rige Pico y Placa para taxis y buses de servicio público en Cali / Foto Caracol Radio Cali

Cali

Mediante decreto 001 del jueves cuatro de enero, el alcalde de Cali, Maurice Armitage estableció la medida para los vehículos de servicio público de modalidad individual, es decir los taxis, la cual rige a partir de la fecha de su publicación y va de lunes a domingo desde las seis de la mañana a las cinco de la mañana del día siguiente.

Hoy viernes cinco de enero le corresponde el pico y placa a los taxis cuyas placas terminan en cinco y seis; el sábado seis a los taxis con restricción serán los que terminan en siete y ocho; domingo siete de enero le corresponde el turno a los taxis cuyo últimos dígitos sean el nueve y el cero y así sucesivamente, se rotan diariamente hasta el 30 de junio.

Igualmente, el Decreto restringe la circulación para los vehículos de servicio público en la modalidad de colectivo urbano de pasajeros (bus, buseta y microbús). Para estos la restricción se inicia desde hoy viernes cinco de enero y va hasta el 30 de junio. El horario en que no pueden circular está comprendido entre las cinco de la mañana y las diez de la noche, todos los días de la semana.

Este viernes cinco de enero, la prohibición para circular en el tiempo referido anteriormente es para los vehículos con el último dígito de su placa terminado en cuatro y cinco. Se rotan diariamente.

De otra parte, desde el lunes quince de enero y hasta el 30 de junio de 2018, iran las restricciones de movilización de los vehículos que circulan en Cali., en el horario de las seis hasta las diez de la mañana y de cuatro de la tarde a ocho de la noche.

La restricción depende del último dígito de la placa así:

Lunes, vehículos cuyas placas terminen en 3 y 4

Martes, los carros con placas terminadas en 5 y 6

Miércoles, los coches con placas terminadas en 7 y 8

Jueves, para vehículos cuyas placas finales sean 9 y 0

Viernes, los carros con restricción serán los que tengan placas 1 y 2

Sábado, domingo y festivos no habrá restricción.

El decreto determina trece clases de excepciones entre las que se encuentra las caravanas presidenciales, ambulancias, los vehículos adscritos al Ministerio de Defensa. Los interesados que cumplan con los requisitos deben solicitar su exclusión a la medida ante la secretaría de Gobierno.

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