Economía

“Lote de La Troncal en Cartagena es propiedad privada y debe respetarse su uso”: propietario

La Alcaldía conocía el trámite desde mayo de 2015, tuvo conocimiento cuatro meses antes del remate y posterior adjudicación

“Lote de La Troncal en Cartagena es propiedad privada y debe respetarse su uso”: propietario

“Lote de La Troncal en Cartagena es propiedad privada y debe respetarse su uso”: propietario(Caracol Radio)

Cartagena de Indias

El Señor Juan José Santaolalla Milla, propietario del predio en el barrio La Troncal, Sector Buenos Aires, que durante los últimos días ha sido objeto de amplia difusión mediática por la supuesta apropiación ilegal de una zona verde, rompió este martes su silencio aclarando que el predio fue adquirido en franca lid en un largo proceso del cual tenía conocimiento la Administración Distrital.

A través de su apoderado, el abogado cartagenero Alfonso Martínez, precisó que en la parte que a él compete, lleva siete años desde que se adquirieron los derechos litigiosos a Conavi-Bancolombia y que durante ese tiempo se adelantó un camino largo y dispendioso, apegado al derecho y sin el más mínimo interés de perjudicar a nadie.

En primera instancia, destaca que nunca ha existido anotación alguna en el folio de matrícula inmobiliaria No.060-34231 que limite la propiedad, que diga que es zona verde o que le pertenezca a alguien diferente que a un particular.

Así mismo, precisa que la verificación y la ubicación del predio involucró desde su inicio a la Oficina de Instrumentos Públicos de Cartagena y al Instituto Geográfico Agustín Codazzi, entre el año 2012 (Folio de Matrícula Inmobiliaria, Anotación No.10, Embargo ejecutivo) y el 2015 (Resolución aclaratoria en que se le asignó referencia catastral).

Todas estas situaciones fueron puestas en conocimiento de la Oficina de Instrumentos Públicos y ante la Alcaldía de Cartagena mediante oficio No.1132015EE1518 del 08 de mayo de 2015, resolución que quedó en firme y contra la cual no se presentó recurso alguno. Esto permitió secuestrar el bien en el año 2015.

El Juzgado Segundo Civil del Circuito adjudicó el Lote de Terreno mediante remate del 14 de septiembre del año 2015, después de surtidas las formalidades de ley, dejando constancia que no se presentó oposición alguna o solicitud de nulidad al trámite realizado. La sentencia quedó en firme, es decir, se encuentra ejecutoriada, y respecto de ella NO PROCEDE en este momento recurso alguno.

Ese mismo año, el 7 de diciembre de 2015, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos registró la Anotación No. 12 de adjudicación de remate, y una vez adjudicado, se pagaron los impuestos correspondientes en el mismo mes de octubre de 2015, siendo el primer acto de dominio, así como las otras expensas derivadas de la adquisición de un predio.

En efecto, por concepto de actos de registro a la Gobernación de Bolívar, el día 15 de octubre de 2015, se canceló la suma de 17 millones 851 mil 813 pesos. A su vez, en la misma fecha, y por concepto de impuesto de registro, se pagó a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, un total de 5 millones 942 mil 400 pesos.

Por otro lado, el 23 de octubre de 2015, por concepto de impuesto predial se pagaron 115 millones 398 mil 764 pesos, y $145 millones 78 mil 304, cancelados el 29 de enero de 2016. Dichos pagos se hicieron, como correspondía, a la Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias, a través de la Secretaría de Hacienda. Dicha entidad, por medio de la resolución No. AMC-RES-001350-2016 del 21 de abril de 2016, reconoció la solicitud de prescripción del impuesto predial entre los años 2003 y 2008.

El 20 de febrero de 2017, después de resolver los diferentes requerimientos de la Alcaldía de Cartagena, el Juzgado Segundo Civil Del Circuito ordenó la entrega material del bien inmueble del cual es titular el señor Juan José Santaolalla.

La entrega material del bien se llevó a cabo el 12 de junio de 2017, sin oposición alguna, y ello se notificó el Juzgado Segundo Civil Del Circuito, por la Alcaldía de Cartagena que envió la constancia el 9 de agosto de 2017, a lo cual se le dio trámite quedando en firme lo actuado el 18 de agosto de 2017.

A pesar de venir sufriendo perturbación a la propiedad por parte de la comunidad por vías de hecho, el 11 de octubre de 2017 se entró en posesión absoluta del predio, siendo este el último acto de dominio, de aquellos que prevé el Código Civil.

Ese mismo día, la alcaldía reconoció ante distintos medios de comunicación que el predio pertenece a un particular, como quiera que no hizo el respectivo registro y nunca se hicieron parte dentro del proceso adelantado ante el juzgado civil. Así se informó en Noticias 1 del mediodía y por El Tiempo: “El alcalde encargado de Cartagena, Sergio Londoño Zurek, llamó a la calma a policías y comunidad y aseguró que el Distrito no tiene competencia sobre el tema por tratarse de un predio privado, pero que se adelantarán las investigaciones.”.

Sin embargo, al día siguiente, el 12 de octubre de 2017, las desafortunadas declaraciones del alcalde encargado, Sergio Londoño Zurek, incitaron a la comunidad y dieron como resultado actos de agresión (violencia verbal y uso de piedras) contra las personas que custodian el predio, además de hechos violatorios de la propiedad privada pues destruyeron el cerramiento y utilizaron el predio para ingerir bebidas alcohólicas. Estos hechos ocurrieron el 14 de octubre de 2017, día en el que, a pesar de insistentes requerimientos, nunca llegó el apoyo del cuadrante de la Policía.

Según el abogado Martínez, los hechos que se han relatado constituyen actos de evidente perturbación a la posesión de una propiedad privada. Igualmente, el actuar errático de la Alcaldía y sus funcionarios no se compadece con la actuación que se supone debe guiar la función pública, y el proceder de quienes representan el derecho y el orden legal previamente establecido. “Ha sido lamentable que funcionarios públicos se hayan prevalido de su investidura, que precisamente debe estar encaminada a preservar el derecho, e implícitamente hayan incitado a la comunidad a incurrir en actos de anarquía y de agresión verbal y física”, afirma el jurista.

Para el abogado, los funcionarios de la Alcaldía que actuaron en tal sentido podrían estar inmersos en conductas constitutivas de hechos punibles, así como en conductas que podrían además acarrearles investigaciones disciplinarias. “Esta situación se está estudiando, toda vez que se usó la institucionalidad del Distrito para coaccionar a instituciones como la Policía y a cualquier funcionario que garantizara nuestros derechos, en una clara extralimitación de funciones y un claro de abuso de poder”, señala.

Así mismo, agrega que es claro que la Alcaldía de Cartagena conocía el trámite que se estaba adelantando desde mayo del año 2015. “Tuvo conocimiento (la Administración Distrital) cuatro meses antes del remate y posterior adjudicación y nunca se hizo parte en el proceso, tampoco presentó oposición alguna, contrario a lo que afirman, sin razón y desconociendo la verdad procesal, los medios, que afirman que hasta ahora se entera de la situación”.

“¿Por qué si el terreno presuntamente pertenece al Distrito, este mismo adelantó un proceso de cobro coactivo e igualmente recibió el pago de impuestos y reconoció la prescripción en relación con algunos períodos de dicho impuesto?”, preguntan Santaolalla y Martínez.

Para Santaolalla y su representante, “es claro que el señor alcalde encargado está mal asesorado, pues sin estar debidamente informado y desconociendo situaciones jurídicas plenamente consolidadas, de manera ligera ofreció declaraciones, propiciando con ellas que la comunidad incurriera en vías de hecho, agresiones verbales e incluso físicas”.

“Entendemos el enojo y la frustración de la comunidad, lamentablemente se intentó tener acercamientos con el Distrito de Cartagena, en particular con la Secretaría de Logística, y jamás mostraron interés”, concluyen Juan José Santaolalla ysu abogado Alfonso Martínez.

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