Justicia

Abogado de histórico fallo de la Boquilla aclara que sólo beneficia a un predio

Javier Doria aclara que la decisión de la Corte Suprema de Justicia es particular más no general

Abogado de histórico fallo de la Boquilla aclara que sólo beneficia a un predio

Abogado de histórico fallo de la Boquilla aclara que sólo beneficia a un predio(Javier Doria)

Cartagena de Indias

Según el abogado Javier Doria Arrieta, autor de la demanda que fue confirmada por la Corte Suprema de para recuperar un bien de uso público del distrito que había estado siendo utilizado por un particular en La Boquilla en terrenos de baja mar, la decisión no tiene precedentes pero es particular más no general para la situación de invasiones que se registran en la zona norte de la ciudad.

La demanda fue presentada invocando como causal de revisión la establecida en el numeral séptimo del artículo 380 de Código de Procedimiento Civil, la cual consiste en “Estar el recurrente en alguno de los casos de indebida representación o falta de notificación o emplazamiento contemplados en el artículo 140”.

La pretensión fue que se declarara que en el trámite del proceso ordinario de prescripción iniciado por el señor Anibal Olier Bueno, se había configurado la causal séptima del artículo 380 del C. de P. C., y que por haberse configurado dicha causal, y que por tal razón se revisaran las decisiones judiciales proferidas, en primera instancia, por el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Cartagena, y, en el grado especial de consulta, por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena y que como consecuencia lo anterior se ordenara la nulidad de lo actuado en el proceso que dio origen al recurso.

La Corte Suprema de Justicia el día 15 de Febrero de 2016, profirió sentencia declarando la prosperidad de las pretensiones del Distrito de Cartagena.

Con beneplácito recibió la administración distrital la decisión de la Corte Suprema de Justicia, de anular dos fallos que habían dado posesión a un particular de unos terrenos de mangle que por ley son considerados bienes de uso público, en la zona de La Boquilla.

Las acciones que se tomarán a partir de la notificación del fallo dependen de que quede ejecutoriado para luego realizar el proceso de restitución de este bien de uso público. En esto se debe contar con el apoyo de la Policía con la Alcaldía Local de la zona, en virtud de la ley 1551 del 2012.

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