Justicia

Tutela ordena garantizar el suministro de agua a cárcel El Bosque, de Barranquilla

Internos del centro de reclusión denunciaron que el servicio sólo se presta dos veces al día por espacios de 45 minutos.

Barranquilla

El Juzgado 13 Civil del Circuito Concedió una tutela interpuesta por la Defensoría del pueblo seccional Barranquilla para garantizar el suministro de agua en la cárcel El Bosque. Tras visitas de verificación realizadas por el ministerio público y personal del juzgado, se evidenció que el problema radica en las condiciones de infraestructura del establecimiento.

El fallo, que ampara los derechos fundamentales de 1.900 personas privadas de la libertad, ordena la elaboración urgente y puesta en marcha de un proyecto de dotación con recursos del presupuesto nacional.

La acción de tutela fue interpuesta para amparar los derechos fundamentales de acceso al agua, dignidad humana, igualdad y salud de los internos, acción que fue acogida y fallada positivamente por el Juzgado 13 Civil del Circuito.

Las denuncias dan cuenta de que hace 18 meses el servicio de acueducto sólo se presta dos veces al día en espacios de 45 minutos, situación que sumada al hacinamiento, a las altas temperaturas y a la confluencia de virus que como el Zika y el Chikungunya han acompañado el fenómeno de El Niño, agrava los riesgos por salubridad dentro del establecimiento.

Al cabo de una segunda visita realizada por el Juzgado, se evidenció cómo las condiciones de infraestructura en el penal, cuyo sistema de almacenamiento y electrobombas (construidos en 1995 para una población aproximada de 640 reclusos), son claramente insuficientes para las 1.900 personas que actualmente permanecen allí privadas de la libertad, circunstancia que impide el suministro adecuado del líquido vital, no obstante el adecuado abastecimiento que reporta la empresa Triple A en el sector aledaño a la cárcel.

El fallo de tutela ordenó a la dirección del establecimiento penitenciario respetar los acuerdos de suministro en los horarios de 5:30 am a 6:30 am, de 10:00am a 11.00 am, de 2:30pm a 3:30 pm, así como un horario adicional de 6:00pm a 6:30pm para abastecer las baterías sanitarias y llenar los tanques de cada patio.

Simultáneamente, la instancia judicial de conocimiento, ordenó al INPEC y a la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (Uspec), la elaboración e implementación de un proyecto para proveer las adecuaciones y dotación necesarias con recursos del presupuesto nacional, a fin de garantizar los derechos fundamentales de los internos.

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