Ciudades

Superintendencia de Servicios Públicos responde ante la solicitud sobre tarifas de energía

Esta solicitud se basó en el incremento desproporcionado en el valor del servicio eléctrico para los ciudadanos del municipio de Neiva, quienes han experimentado un aumento significativo en sus facturas sin una justificación clara por parte de la empresa.

La medida se consideró necesaria para proteger los derechos de los usuarios y garantizar los principios de equidad.

La medida se consideró necesaria para proteger los derechos de los usuarios y garantizar los principios de equidad.

Neiva

La Personería de Neiva, en su compromiso continuo de velar por los derechos colectivos de la ciudadanía y garantizar el cumplimiento de las normativas que salvaguardan los intereses de la comunidad, emitió una solicitud urgente de intervención a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, o su delegada para asuntos de energía, dirigida a la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P.

La medida se consideró necesaria para proteger los derechos de los usuarios y garantizar los principios de equidad, transparencia y eficiencia en la prestación del servicio. “Asumiendo esa situación, decidimos oficiar a la Superintendencia de Servicios Públicos a efectos de que fuera esta institución, encargada de velar por la correcta ejecución de este tipo de servicios, quien verificara y diera una respuesta de fondo y concreta frente a si era real la situación que estaba generando.”: Jerson Andrés Bastidas, personero municipal de Neiva.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en respuesta a la solicitud de la Personería de Neiva, ha indicado mediante oficio que las tarifas de energía eléctrica que cobran las empresas a sus usuarios en un mercado regulado se enmarcan dentro del esquema establecido por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Esto implica que las empresas tienen límites establecidos en la regulación para definir el precio por kilovatio hora ($/kWh) que cobran a sus usuarios.

Indica la entidad que el régimen tarifario aplicable en Colombia establece que las empresas comercializadoras de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional deben aplicar mensualmente la metodología establecida por la CREG, que incluye seis componentes: generación, transmisión, distribución, comercialización, pérdidas y restricciones del sistema.

La SSPD manifiesta en su respuesta que, en cumplimiento de sus obligaciones, lleva a cabo revisiones mensuales de las tarifas de las compañías de servicios. Específicamente para ELECTROHUILA, y que, con la información actual, no se ha evidenciado ninguna anomalía en la implementación de las tarifas. Sin embargo, se enfatiza que, si se descubre alguna infracción, la SSPD actuará de acuerdo con sus competencias y aplicará las medidas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de la regulación a la que se encuentra sujeto.

“En ese sentido, debo informarle a los ciudadanos que la Personería tuvo toda la intención, y seguirá teniendo la intención, de velar porque sus facturas tengan menor costo. Infortunadamente, la información que nos da la superintendencia en ese momento es que todo ha estado conforme a la ley, y en ese sentido, difícilmente vamos a poder encontrar otra fuente u otro argumento para poder variar esta realidad que nos está afectando a todos.”: Jerson Andrés Bastidas, personero municipal de Neiva.

La Personería de Neiva continuará vigilante de la situación y tomará las medidas necesarias para asegurar que los derechos de los ciudadanos sean protegidos y que se garantice un servicio eléctrico justo y equitativo para todos los habitantes del municipio.

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

Caracol Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Ciudades

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad