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Condenan al exjefe de prensa de la gobernación del Quindío por el delito de acoso sexual

El Juzgado Quinto Penal del Circuito de Armenia condenó a Juan Ricardo Medina a 1 año de prisión, como autor responsable del delito de acoso sexual

Abogado Caso de Acoso Sexual

Abogado Caso de Acoso Sexual

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Ricardo Medina, exjefe de prensa de la gobernación del Quindío- Cortesía Gobernación

Armenia

El Juzgado Quinto Penal del Circuito de Armenia condenó a Juan Ricardo Medina quien fue jefe de comunicación de la gobernación del Quindío a 1 año de prisión, como autor responsable del delito de acoso sexual.

Recordemos que para el año 2021, una trabajadora de oficios varios de la Gobernación del Quindío denunció al jefe de prensa para ese entonces porque intentó adelantar acercamientos sexuales en repetidas ocasiones a pesar de que ella se negó.

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Es de resaltar que el fiscal del caso solicitó la emisión de una sentencia condenatoria. Lo anterior, al considerar que se generó toda la convicción necesaria para demostrar la responsabilidad del acusado donde valiéndose de su relación de autoridad por su posición laboral asedió y hostigó con fines sexuales no consentidos a la mujer.

De otro lado, el defensor del señalado consideró que la Fiscalía no logró demostrar la culpabilidad con los testigos presentados por lo que había solicitado que el fallo fuera de carácter absolutorio.

La copia de la sentencia condenatoria proferida el 08 de marzo de 2024 da cuenta de que, para el juzgado, las pruebas de cargo aportan la información necesaria para considerar acreditada la materialidad de la conducta de acoso sexual y la responsabilidad de Juan Ricardo Medina en él. Considera que la versión de la víctima evidencia de los presupuestos típicos del delito de acoso sexual.

La sentencia agrega: “se observa que el acusado se aprovechó de la relación desigual y asimétrica para ejercer actos de asedio de naturaleza sexual en contra de la mujer. Primero se acercó a ella cuando estaba agachada y rozó su pene en sus glúteos, luego, cuando ella intentó correrse, le exhibió su miembro y empezó a masturbarse. Finalmente, le pidió que le realizara sexo oral”.

Al respecto José Alejandro Arias el abogado de la mujer dijo que es muy importante la decisión porque hay un precedente donde evidencia que el abuso de autoridad en materia laboral con fines sexuales es un delito. Fue claro que aunque quedarán a la espera de la segunda instancia la sensación es muy positiva en relación a los hechos.

Es de aclarar que la defensa del referido sentenciado interpuso recurso de apelación en la condena en primera instancia, asunto que conocerá la Sala Penal del Tribunal Superior de este Distrito Judicial.

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