Justicia

Personas que evadan impuestos pagaran cárcel: Corte Constitucional

El alto tribunal declaró constitucional los artículos 69, 70 y 89 que fortalecen los tipos penales de la ley de reforma tributaria

Impuesto predial sobre para casas, viviendas e inmuebles en la capital de Bogotá (Getty Images)

Impuesto predial sobre para casas, viviendas e inmuebles en la capital de Bogotá (Getty Images) / MonthiraYodtiwong

La Corte Constitucional estudió una demanda contra la ley 2277 de 2022, por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones El Congreso de Colombia.

Sobre esto, se conoció que la corte declaró constitucional los artículos que fortalecen los tipos penales de la ley 2277 de 2022 llevada al Congreso por el presidente Gustavo Petro.

Entre los artículos esta el 69 que habla sobre la defraudación y la evasión tributaria, omisión de activos e inclusión de pasivos inexistente, que señala que el que “omita activos o declare un menor valor de los activos o declare pasivos inexistentes, con el propósito de defraudación o evasión, en las declaraciones tributarias, por un monto igual o superior a mil (1.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), definido por liquidación oficial de la autoridad tributaria, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses.”.

Y el articulo 70 que habla sobre “el término de prescripción de la acción penal se suspende por la suscripción de acuerdo de pago con la administración tributaria sobre las obligaciones objeto de investigación penal durante el tiempo en que sea concedido el acuerdo de pago, sin que se supere un término de cinco (5) años, contado desde el momento de suscripción del acuerdo, y hasta la declaratoria de cumplimiento 0 incumplimiento del acuerdo de pago por la autoridad. tributaria. Acaecido cualquiera de estos eventos se reanudará el termino de prescripción de la acción penal”.

Por otro lado, declararon estarse en lo resuelto sobre la sentencia C-384/2023 que habla del régimen tarifario del impuesto sobre la renta para usuarios industriales de Zonas Francas, de tal forma que seguirá aplicando el tributo del 20% para aquellos contribuyentes que, para el 13 de diciembre de 2022, hubiesen cumplido las condiciones para la obtención del beneficio.

El director de la DIAN Luis Carlos Reyes, celebró esta decisión.

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