Justicia

Corte ratificó condena contra excongresista que exigía dinero a miembros de su UTL

Las coimas las recibió a través de su esposa, un periodista y la cuenta de una iglesia cristiana

El exrepresentante a la Cámara Luis Enrique Salas Moisés , condenado por corrupción

El exrepresentante a la Cámara Luis Enrique Salas Moisés , condenado por corrupción

Judicial

En un fallo de segunda instancia, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la sentencia de 10 años y 11 meses de prisión en contra del exrepresentante a la Cámara Luis Enrique Salas Moisés quien, entre 2002 y 2011 exigió a dos trabajadores de su UTL que le entregaran parte de su salario.

Las víctimas también eran integrantes de la iglesia cristiana que se llama “En tu presencia”. Dice la sentencia que, a una de ella la convenció de entregarle el 50% del dinero percibido por su trabajo, lo que sucedió durante siete años; y a la otra víctima le exigió el aumento salarial de $400.000, luego de trasladarlo al cargo de asistente.

El dinero fue entregado en efectivo en algunas ocasiones a Liliana Jeannette Noquera Niño, cónyuge del congresista, al periodista Walter Orlando González Rodríguez y, en dos oportunidades, por consignación bancaria a la cuenta del templo.

La defensa del excongresista alegó que la sentencia de primera instancia fue una retaliación, y que al momento de resolverse la situación jurídica había dudas, y que, con las mismas pruebas fue condenado, vulnerando el principio de la presunción de inocencia.

Para la Corte la defensa se limitó a negar la prueba del delito, en contravía de la realidad procesal y ninguno de los argumentos que expuso lograron demostrar la inocencia del condenado.

“Lo anterior porque en el proceso se plantearon dos tesis contradictorias, la de la acusación, avalada finalmente por el juzgador plural a partir de la valoración conjunta de la prueba, y la de la defensa que negaba los hechos plasmados en el pliego de cargos. La Sala de primera instancia acogió la primera sin plantear una tercera posibilidad, de manera que no se transgredió el principio de la lógica aducido”

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